REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de febrero de dos mil diecinueve 2019
208º y 159º

ASUNTO: AP21-S-2018-000507

Vista la diligencia de fecha seis (06) de febrero de 2019, presentada por la Abogada MARIA RUMBOS I.P.S.A. N° 218.868, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente en el presente procedimiento, mediante la cual desiste formalmente del presente procedimiento, contentivo de la oferta real de pago realizada por la entidad de trabajo Centro comercial Macuto I, C.A., a favor de la ciudadana Wendy Josefina Ramírez Pimentel; en consecuencia vista la solicitud de desistimiento realizada por la parte oferente a través de su apoderada judicial; este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento en los términos expuestos, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público; dándole efecto de cosa juzgada. Y así se establece.-
LA JUEZ


Abg. Eradis Genara Díaz Velásquez
LA SECRETARIA

Abg. Crisnary Godoy


En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.-

LA SECRETARIA

Abg. Crisnary Godoy