REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL
EN FUNCIONES DE CONTROL
Maracay, 15 de Febrero de 2019
208° Y 159°

CAUSA N° 7C-23.770-19
JUEZ: ABG. CHRISTIAN JOHAN CONDE PINTO
SECRETARIO: ABG. LUIS SIERRA
FISCAL FLAG. M.P.: ABG. YANIMAR MENDOZA
IMPUTADO: CIRANELA PEREZ SILVA
DEFENSA PRIVADA: ABG. YVAN SMITH y ABG. WILKAR NAVAS
DECISIÓN: LIBERTAD PLENA

Compete a este Tribunal de Instancia conocer de la presente causa en virtud de la presentación que hiciere por ante este Tribunal, en esta misma fecha el Fiscal de Sala de Flagrancias del Ministerio Público ABG. YANIMAR MENDOZA contra el ciudadano CIRANELA PEREZ SILVA, titular de la cedula de identidad N° V-18.854.259, Venezolana, de estado civil Soltero, de 31 años de edad, fecha de nacimiento: 13/06/1986, de profesión u oficio: BARRIO LA FRIDEÑA, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N, CAMATAGUA ESTADO ARAGUA, en la cual solicita libertad plena a favor de la ciudadana supra señalada, por cuanto no hay delito tipificable, de las actas policías se reflejan modo tiempo y lugar de los hechos y no se le puede atribuir responsabilidad alguna al ciudadano por cuanto no existe delito, solicita la libertad plena de este individuo, de conformidad con el artículo 1 del Código Penal.

La defensa no se opone a lo expuesto por el Ministerio Público.

Revisadas las actuaciones éste Juzgador acuerda decretar la LIBERTAD PLENA a la ciudadana CIRANELA PEREZ SILVA antes mencionada, por cuanto de las actuaciones no se observa la comisión de delito alguno, tal como fue manifestado por la representación fiscal.

DISPOSITIVA
Este Tribunal en uso de la competencia para conocer y decidir, conferida por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal para decidir Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este tribunal dicta los siguientes pronunciamientos: PUNTO ÚNICO: Se decreta LIBERTAD PLENA, a la ciudadana CIRANELA PEREZ SILVA, titular de la cedula de identidad N° V-18.854.259, Venezolana, de estado civil Soltero, de 31 años de edad, fecha de nacimiento: 13/06/1986, de profesión u oficio: BARRIO LA FRIDEÑA, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N, CAMATAGUA ESTADO ARAGUA, por cuanto no hay delito que imputar. Cúmplase.-
EL JUEZ;

ABG. CHRISTIAN JOHAN CONDE PINTO
EL SECRETARIO,

ABG. LUIS SIERRA



CAUSA N° 7C-23.770-19