REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria Primero (01) de Febrero de Dos Mil Diecinueve (2019)
208° y 159°


SOLICITUD: 476-19
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: MENDOZA TOVAR MARISELA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-8.813.263, EN REPRESENTACIÓN DE LOS CIUDADANOS FIGUERA MENDOZA JOSÉ YOVANNY y FIGUERA MENDOZA RAFMARY OMAYLEN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, SOLTEROS Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-20.066.502 y V-25.071.485, RESPECTIVAMENTE.
ABOGADO ASISTENTE DE LOS SOLICITANTE: VENEZUELA REYES, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 255.633.


Realizado el sorteo de Distribución Nº 074-209, en fecha 28 de Enero de 2019, correspondió a este Tribunal el conocimiento, sustanciación y decisión de la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentados los recaudos por la ciudadana MENDOZA TOVAR MARISELA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-8.813.263, en representación de sus hijos ciudadanos FIGUERA MENDOZA JOSÉ YOVANNY y FIGUERA MENDOZA RAFMARY OMAYLEN, venezolanos, mayores de edad, solteros y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.066.502 y V-25.071.485, respectivamente, debidamente asistido de la Abogada VENEZUELA REYES, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 255.633, se admitió la presente solicitud en fecha 30 de Enero de 2019, a fin de declarar como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido FIGUERA JOSÉ RAFAEL, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.249.318 y falleció Ab Intestato, en la Parroquia Zuata, Municipio José Félix Ribas, el día 10 de Noviembre de 2018, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción Nro. 101, Tomo I, Folio 101, Año 2018, expedida por la Comisión del Registro Civil y Electoral de la Parroquia Zuata del Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas y evacuadas por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido ciudadano FIGUERA JOSÉ RAFAEL, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.249.318, a los ciudadanos MENDOZA TOVAR MARISELA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-8.813.263, en representación de los ciudadanos FIGUERA MENDOZA JOSÉ YOVANNY y FIGUERA MENDOZA RAFMARY OMAYLEN, venezolanos, mayores de edad, solteros y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.066.502 y V-25.071.485, respectivamente, vínculos que se comprobaron en copias fotostáticas certificadas de las Actas de Matrimonio y de Nacimientos que corren insertas en la presente solicitud. ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten la interesada. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, al Primer (01) día del mes de Febrero de Dos Mil Diecinueve (2019). Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIO

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.

EL SECRETARIO TEMPORAL

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO TEMPORAL

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

RDRM/EH/At.
Sol Nº 476-19