REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SAN SEBASTIAN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN SAN SEBASTIAN DE LOS REYES
208º y 160º

EXPEDIENTE Nº 536-05.

DEMANDANTE: BETZABE GAMERO ALVARADO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, del Hogar, titular de la cédula de identidad N° V-11.555.466 y domiciliada en el Sector El Limón, Calle La Soledad, San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.

DEMANDADA: VARDENAIR JOSE BRITO CLEMENTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.151.778, domiciliada en el Sector Colinas de Lourdes, Calle Raúl Leoni, Casa N° 50, San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.

MOTIVO: OBLIGACIÓN ALIMENTARIA.

NARRATIVA
Vista y analizadas como han sido las actuaciones que conforman el presente Expediente, con motivo de la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA (Exp. 536-05) incoada por la ciudadana BETZABE GAMERO ALVARADO en contra del ciudadano VARDENAIR JOSE BRITO CLEMENTE, ambos plenamente identificados en autos, a favor de su hijo; y vista igualmente la demanda de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (Exp. N° 1347-14) en la cual la primera de las nombradas solicita se le aumente la manutención e incluya su otra hija, la cual fue homologada en fecha Cinco (05) de Marzo del 2014, es por lo que este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Acuerda DECLARAR TERMINADA la presente causa, ordenándose de esta manera su archivo para la posterior remisión en su debida oportunidad al archivo judicial correspondiente. Provéase lo conducente.---------------------------------------------------------------------------------------------

- - - Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en San Sebastián de los Reyes, a los Veintiséis (26) día del mes de Febrero del año Dos Mil Diecinueve (2.019). Años 208° de la Independencia y 160° de la Federación.
La Jueza Suplente, La Secretaria Suplente,

Abg. Rosalba Arcuri C. Abg. Ana Yasmin Bogado F.

- - - En esta misma fecha, siendo la 11:30 a.m. se publicó la anterior decisión y se cumplió con lo demás ordenado.-

La Secretaria Suplente,
RADR/rossana.-
Exp. 536-05.-