REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
208º y 160º
ASUNTO: AP21-L-2016-001152
PARTE ACTORA: BRIGIDO MARCELO MACUARAN, Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-11.437.372.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: EFRAIN SANCHEZ, GUMERSINDA PARACO y OMAIRA BETANCOURT, abogados en ejercicio, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 33.908, 29.217 y 10.155 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: BZS CONSTRUCCION, S.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de abril de 2012, bajo el Nro. 42, Tomo 44-A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS RIVERO OTERO, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Bro. 25.033.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES..
En fecha 18 de marzo de 2019, el Tribunal Noveno (9°) Superior de este Circuito Judicial, remitió mediante oficio el presente asunto, a los fines de emitir pronunciamiento acerca del desistimiento de la apelación interpuesta por el Abogado Efraín Sánchez, Ipsa Nro. 32.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
En fecha 20 de marzo de 2019, este Tribunal lo dio por recibido, a los fines de su tramitación.
Se deja expresa constancia que en fecha 15/03/2018, quien suscribe se aboco al conocimiento de la presente causa y ordeno la notificación de las partes y una vez constara en autos la ultima de las notificaciones se reanudaría la causa en el estado procesal correspondiente. En el presente caso, el estado procesal fue la publicación en extenso de la decisión dictada en fecha 09/12/2016 por el Juez Abogado José Gregorio Torres.
Ahora bien, el extenso fue publicado en fecha 23 de julio de 2018, de la misma el Abogado Efraín Sánchez, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante apelo en fecha 06 de agosto de 2018, desistiendo de dicho recurso en fecha 04/02/2019.
Dadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar acontecidas en el presente asunto, así como la manifestación realizada por el apoderado judicial de la parte actora de desistir de la apelación interpuesta; y revisados como han sido los extremos legales; es por lo que, este Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la parte actora en la presente causa, en fecha 06 de agosto de 2018, contra la decisión de fecha 23 de julio de 2018, dictada por este Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentado por el abogado EFRAIN SANCHEZ IPSA 33.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). Años: 208º y 160º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
Se deja constancia que la presente decisión será publicada en la página web del TSJ, en el sitio denominado regiones.
LA JUEZ
ABG. LILIANA MARIA GONZALEZ MEJIAS
LA SECRETARIA
ABG. DORYS ALVARADO
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
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