REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITUD: 479-19
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: INELDA JOSEFINA MONTERO DE SARABIA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 8.578.441.
ABOGADO ASISTENTE: CARLA CRISTINA COLL CISNERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.646.

Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 090-236, realizada en fecha 20-02-2019, y admitida en fecha 26-02-2018, formulada por la Ciudadana: INELDA JOSEFINA MONTERO DE SARABIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 8.578.441, debidamente asistida por la Abogada, CARLA CRISTINA COLL CISNEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.646, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JOSE RAFAEL SARABIA TORREALBA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.971.657 quien falleciera ab intestato, En Municipio Revenga, parroquia el Consejo del Estado Aragua, el día 30/01/2017, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil El Consejo Municipio Revenga del Aragua, Acta Nro. 19/2017. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido: JOSE RAFAEL SARABIA TORREALBA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.971.657 a los ciudadanos, INELDA JOSEFINA MONTERO DE SARABIA, LEONIDES JOSEFINA SARABIA MONTERO, CARMEN LUISA SARABIA MONTERO Y LEONARDO JOSE SARABIA MONTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-8.578.441, V-12.119.005, V-14.087.213 y V-14.390.282 respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del

auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 19 de Marzo de Dos Mil Diecinueve (2019). Años 208º de la Independencia y 160º de la Federación.-

LA JUEZA PROVISORIO

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO


EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. EDWARD HERNANDEZ

En la misma fecha siendo las 2:30 pm. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-

EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. EDWARD HERNANDEZ


Sol Nº 479-19
RDRM/EH/AM.-