REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria Veintiuno (21) de Marzo de Dos Mil Diecinueve (2019)
208° y 159°
SOLICITUD: 480-19
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: GLADYS AMINTA CAMPIZ DUARTES, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-18.165.717.
ABOGADO ASISTENTE DE LOS SOLICITANTE: ERICK MANUEL URBINA ROJAS, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 123.421.
Realizado el sorteo de Distribución Nº 095-252, en fecha 27 de Febrero de 2019, correspondió a este Tribunal el conocimiento, sustanciación y decisión de la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentados los recaudos por la ciudadana GLADYS AMINTA CAMPIZ DUARTE, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-18.165.717, debidamente asistida del Abogado ERICK MANUEL URBINA ROJAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.421, se admitió la presente solicitud en fecha 15 de Marzo de 2019, a fin de declararla como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del fallecido LUIS MANUEL LÓPEZ GRATEROL, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.690.219 y falleció Ab Intestato, en la Urbanización Las Mercedes, Calle 3, Bloque 9, Piso 3, Apartamento 03-01, Ciudad de La Victoria, Parroquia Castor Nieves Ríos, Municipio José Félix Ribas, el día 23 de Agosto del 2017, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción Nro. 784, Tomo 04, Año 2017, expedida por la Comisión del Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas y evacuadas por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido ciudadano LUIS MANUEL LÓPEZ GRATEROL, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.690.219, a la ciudadana GLADYS AMINTA CAMPIZ DUARTE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-18.165.717.
Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten la interesada. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, a los Veintiún (21) día del mes de Marzo de Dos Mil Diecinueve (2019). Años 208º de la Independencia y 160º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/at*
Sol Nº 480-19
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