REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
CORTE DE APELACIONES
SALA ESPECIAL DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE


208° y 160°

CAUSA 1Aa-839-19
JUEZ PONENTE: Abogado OSWALDO RAFAEL FLORES
IMPUTADA: Ciudadana EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ.
DEFENSA: Abogada ERIKA VALECILLOS MENDOZA, en su condición de Defensora Pública N° 1 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente.
FISCAL: Abogada DELVIS MARIBEL ROMERO OSORIO, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino en la Fiscalía Trigésima Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Aragua.
PROCEDENCIA: TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA.
MATERIA: PENAL
MOTIVO: Apelación de Auto
DECISIÓN: “…ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ERIKA VALECILLOS MENDOZA, en su condición de Defensora Pública N° 1 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Defensa Pública del Estado Aragua, en su condición de defensora de la adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, mediante el cual recurre de la decisión dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 17 de Agosto del año 2017, en la cual entre otros pronunciamientos acordó Detención Preventiva en contra de la Adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal...”

Dec: Nº 012.-

Visto el escrito interpuesto por la Abogada ERIKA VALECILLOS MENDOZA, en su condición de Defensora Pública N° 1 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Defensa Pública del Estado Aragua, en su condición de defensora de la adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, que cursan del folio uno (01) al folio dos (02) de las presentes actuaciones, mediante el cual recurre de la decisión dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 17 de Agosto del año 2017, en la cual entre otros pronunciamientos acordó Detención Preventiva en contra de la adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal.

Con el propósito de verificar los requisitos exigidos por los artículos 424, 439, 440, y 442 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la procedencia, legitimación, interposición, oportunidad, competencia y requisitos, encuentra esta Alzada que dicho recurso cumple los citados requisitos para que sea admisible.

De igual manera, debe verificarse las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, y en este sentido, esta Alzada pasa a analizar cada uno de los puntos expresados en el artículo anterior:

PRIMERO: En lo atinente a la facultad para la interposición de la apelación, esta Sala Especial de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente observa que la Defensora Pública ERIKA VALECILLOS MENDOZA, posee legitimidad para recurrir de conformidad con lo establecido en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal, e impugnar la decisión dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, mediante el cual, acordó Detención Preventiva en contra de la adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal.

SEGUNDO: Concerniente a la tempestividad del recurso de apelación incoado por la Defensa Pública ERIKA VALECILLOS MENDOZA, se desprende de las actuaciones, que la decisión fue dictada el 17-08-2017 y recurrida en fecha 23-08-2017, el cual se desprende del escrito cursante del folio uno (01) al folio dos (02), de las presentes actuaciones, por lo que transcurrieron los siguientes días de despacho VIERNES 18-08-2017, LUNES 21-08-2017, MARTES 22-08-2017, MIERCOLES 23-08-2017 y JUEVES 24-08-2017; (conforme a certificación de días de despacho cursante al folio diecinueve (19) de la presente causa), es decir, el recurso fue interpuesto al primer día de despacho siguiente, dentro del lapso legal correspondiente.

TERCERO: Se declara que el auto que se recurre no es impugnable ni irrecurrible por expresa disposición del Código Orgánico Procesal Penal.

Por cuanto encuentra esta Sala Especial de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, que dicho recurso cumple con los citados requisitos para que sea admisible. En consecuencia se procederá a dictar la resolución que corresponda sobre el fondo del asunto planteado en el lapso de ley. Así se declara.

DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Especial de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:

ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ERIKA VALECILLOS MENDOZA, en su condición de Defensora Pública N° 1 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Defensa Pública del Estado Aragua, en su condición de defensora de la adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, mediante el cual recurre de la decisión dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 17 de Agosto del año 2017, en la cual entre otros pronunciamientos acordó Detención Preventiva en contra de la adolescente EMILY DAYANA GUARINO RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal...”

En consecuencia esta Sala procederá a dictar la resolución que corresponda sobre el fondo del asunto planteado, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.

LOS JUECES DE LA CORTE,

ENRIQUE JOSÉ LEAL VELIZ
Juez Presidente




OSWALDO RAFAEL FLORES
Juez Superior Ponente

LUIS ENRIQUE ABELLO GARCIA
Juez Superior




DANIELA YUSTY
Secretaria




En la misma fecha se cumplió fielmente con lo ordenado en el auto que antecede.



DANIELA YUSTY
Secretaria








Causa 1Aa-839-19.
EJLV/ORF/LEAG L.HERRERA