REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 23 de Mayo de 2019
209º y 160º
ASUNTO PRINCIPAL : DP01-S-2019-000138
ASUNTO : DP01-S-2019-000138
JUEZA QUE PUBLICA: ABG. KATHERINE BELLO SOTO
JUEZA QUE DECIDE: DRA. ERIKA GARCIA GONZALEZ.
LA REPRESENTANTE FISCAL: ABG. ELMIS VIERA
FISCAL 15 ° DEL MINISTERIO PÚBLICO
LAS VICTIMAS: A.D.V.E (Adrian) (10 AÑOS), F.A.V. E (Félix) (10 AÑOS) Y A.A.V.E (Adriano)(06 AÑOS). Se omite identidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la ley orgánica para la protección del niño niña y adolescente (si comparecieron)
REPRESENTANTE LEGAL: FELIX RAMON VAZQUEZ USECHE (PADRE) C.I: Nº 16.099.453
EL APODERADO DE LA VICTIMA: ABG. FERNANDO JOSE PADRON PINEDA
LOS IMPUTADOS: MONICA JOSEFINA ESCALONA BASTIDAS, SABRINA GRECI BRICEÑO, DANIEL ALEXANDER ZARIC MORGADO Y PEDRO RAFAEL MONTOLLA PACHECO
LA DEFENSA PRIVADA: ABG. REGGI GUTIERREZ
LA DEFENSA PÚBLICA: ABG. JESUS GUARAMATOS
EL SECRETARIO: ABG. FERNANDO BORGES OJEDA
AUTO DE ABOCAMIENTO
En virtud del contenido de oficio Nº CJ-144-2019, de fecha 17 de Mayo del 2019, suscrito por la Coordinación Judicial de los Tribunales de Violencia contra la Mujer del Estado Aragua, a través del cual se ha designado a la DR. KATHERINE LISBETH BELLO SOTO, como Juez Suplente del Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones De Control, Audiencias y Medidas En Materia de Delitos De Violencia Contra La Mujer De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, desde el día 17/05/2019, en tal sentido, me aboco al conocimiento del presente asunto, sin que ello signifique convalidación de ninguna de las actuaciones celebradas con anterioridad al presente auto.
SENTENCIA JUDICIAL
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda: PUNTO PREVIO: Esta juzgadora que aquí decide y con respecto a la solicitud de la representación fiscal y planteando un acto de inhibición de conformidad con el articulo 89 en su numeral 4ª, el ministerio publico tenia que haber realizado su tramite ante el Fiscal Superior a los fines de que designara un fiscal competente a los fines que siga conociendo el presente asunto, una vez resulta esta situación, este tribunal va emitir el siguiente pronunciamiento, que ciertamente la defensa manifiesta de que los exámenes practicados al niño Andriano Andrés Vázquez Escalona de 06 años de edad, signado bajo el numero 0619 y el examen medico legal practicado al niño Félix Adrián Vázquez Escalona signado bajo el numero 0618 presentan errores de formas, ciertamente este tribunal a los fines de poder emitir un pronunciamiento certero en virtud de que estamos tratando un delito delicado y la pena a imponer como es el delito de Abuso Sexual en grado de Penetración, previsto y sancionado en el articulo 259 concatenado con el articulo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Este tribunal a los fines de tener una claridad, efectiva en base a lo establecido en el articulo 257 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela va a ordenar diez (10) días al Ministerio Publico a los fines de que realice una contra experticia en la ciudad de caracas la medicatura forense del senamecf, y una vez obtenido estos resultados en tribunal va a dictar el pronunciamiento correspondiente, el mismo no puede vencerse porque efectivamente estamos en presencia de unas personas que están privada de libertad y que obligatoriamente el tribunal no puede vulnerar el debido proceso de ningunas de las partes, a los fines de diez (10) días continuos los cuales van a vencer para el día VIERNES 17 DE MAYO DEL 2019 a las 10:00 A.M, se convoca directamente a la audiencia y con el resultado en manos. Asimismo con relación a la solicitud de las partes de que los mismo deben estar en estado de libertad este tribunal se va a reservar el dicho pronunciamiento para el día VIERNES 17 DE MAYO DEL 2019, una vez ya obtenido dicho resultados y en esa oportunidad se declarara si se materializa o no la libertad de los ciudadanos: MONICA JOSEFINA ESCALONA BASTIDAS Y PEDRO RAFAEL MONTOLLA PACHECO. Se declara concluido el acto siendo las 02:45 horas de la tarde. Conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. ES TODO. TERMINÓ. SE LEYÓ y CONFORMES FIRMAN:
LA JUEZA;
KATHERINE BELLO SOTO.
EL SECRETARIO;
FERNANDO BORGES.