REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN PRIMERO DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 30 de Septiembre de 2019
209º y 160º


ASUNTO: 1E-4931-17
PENADO: CARLOS SAVIER CEBALLOS AVILA
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD.
DECISION: REFORMA Y ACTUALIZACION DEL COMPUTO DE LA PENA


Efectuada la exhaustiva revisión de la causa signada con el N° 1E-4931-17 seguida al penado CARLOS SAVIER CEBALLOS AVILA titular de la cédula de identidad N° V-20.989.164; y vistos los recaudos adjuntos al asunto; este Tribunal Primero de Ejecución, para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 24-08-2017 el penado CARLOS SAVIER CEBALLOS AVILA titular de la cédula de identidad N° V-20.989.164, fue condenado por el Tribunal Tercero en Funciones Control de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1° en concordancia con el articulo 84 numeral 1°, ambos del Código Penal.
SEGUNDO: En fecha 01-11-2018 este Tribunal Primero de Ejecución, efectuó el cómputo definitivo de la pena. Según el cómputo efectuado, el penado fue detenido el 01-08-2016, y hasta el 01-11-2018, data del ejecútese, llevaba detenido DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISION, que los terminará de cumplir el día 01-08-2021.-
TERCERO: Tenemos que el penado CARLOS SAVIER CEBALLOS AVILA titular de la cédula de identidad N° V-20.989.164, fue detenido el 01-08-2016, siendo que hasta la presente fecha 30-09-2019, ha cumplido de la pena TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y UN (01) DIA; qué terminaría de cumplir el 01-08-2021.
CUARTO: En cuanto a las formulas alternativas de cumplimiento de la pena, el penado CARLOS SAVIER CEBALLOS AVILA titular de la cédula de identidad N° V-20.989.164, optara a la LIBERTAD CONDICIONAL al cumplir las tres cuartas partes de la pena en fecha 01-05-2020.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos; este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: REFORMA Y ACTUALIZA EL COMPUTO DE LA PENA al penado CARLOS SAVIER CEBALLOS AVILA titular de la cédula de identidad N° V-20.989.164, con fundamento en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo evidente que el penado, al día de hoy 30-09-2019, ha cumplido de la pena TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y UN (01) DIA; qué terminaría de cumplir el 01-08-2021. Notifiquese. Líbrese oficios. Cúmplase.


JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN,

DRA. ADAS MARINA ARMAS DÍAZ

LA SECRETARIA

ABG. MARIFE PEREZ
CAUSA: 1E-4931-17.-
AMAD/KATHE.-