REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN PRIMERO DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 30 de Septiembre de 2019
209º y 160º
ASUNTO: 1E-5557-19
PENADO: JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ
DELITO: ROBO AGRAVADO.
PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.
DECISION: REFORMA Y ACTUALIZACION DEL COMPUTO DE LA PENA
Efectuada la exhaustiva revisión de la causa signada con el N° 1E-5557-19 seguida al penado JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ titular de la cédula de identidad N° V-21.252.337; y vistos los recaudos adjuntos al asunto; este Tribunal Primero de Ejecución, para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 04-07-2018 el penado JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ titular de la cédula de identidad N° V-21.252.337 fue condenado por el Tribunal Primero en Funciones Juicio de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.
SEGUNDO: En fecha 19-02-2019 este Tribunal Primero de Ejecución, efectuó el cómputo definitivo de la pena. Según el cómputo efectuado, el penado fue el 16-05-2014, y hasta el 19-02-2019, data del ejecútese, llevaba detenido CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y TRES (03) DIAS, faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS DE PRISION, que los terminará de cumplir el día 16-05-2022.-
TERCERO: Tenemos que el penado JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ titular de la cédula de identidad N° V-21.252.337 fue detenido el 16-05-2014, siendo que hasta la presente fecha 30-09-2019, ha cumplido de la pena CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y CATORCE (14) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS; qué terminaría de cumplir el 16-05-2022.
CUARTO: En cuanto a las formulas alternativas de cumplimiento de la pena, el penado JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ titular de la cédula de identidad N° V-21.252.337, actualmente opta al DESTACAMENTO DE TRABAJO, por cumplir la mitad de la pena cual a cuatro años de prisión, a partir de 16-05-2018; asimismo, el penado opta al REGIMEN ABIERTO, por cumplir las dos terceras partes de la pena igual a cinco años y cuatro meses a partir del 16-09-2019; de igual forma optara a la LIBERTAD CONDICIONAL o CONFINAMIENTO al cumplir las tres cuartas partes de la pena equivalente a seis años, a partir del 16-05-2020.
DISPOSITIVA
Por todas y cada una de las argumentaciones que anteceden; este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: REFORMAR Y ACTUALIZAR EL COMPUTO DE LA PENA al penado JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ titular de la cédula de identidad N° V-21.252.337, con fundamento en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo evidente que el penado, al día de hoy 30-09-2019, ha cumplido de la pena CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y CATORCE (14) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS; qué terminaría de cumplir el 16-05-2022. Notifíquese. Líbrese oficios. Cúmplase.
JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN,
DRA. ADAS MARINA ARMAS DÍAZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIFE PEREZ
CAUSA: 1E-5557-19.-
AMAD/KATHE.-
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