REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA



SOLICITUD: 540-19
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: JOSÉ RAFAEL PÉREZ, JOSÉ LUIS PUCHI SANTANA, WILLIAM PUCHI SANTANA Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.124.331, V-8.578.107 y V-4.842.010 respectivamente
ABOGADO ASISTENTE: MOLINA DE PUCHI BLANCA ELENA Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 280.707.


Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 071, realizada en fecha 25 de Octubre 2019, y admitida en fecha 31 de Octubre de 2019, formulada por los Ciudadanos JOSÉ RAFAEL PÉREZ, JOSÉ LUIS PUCHI SANTANA, WILLIAM PUCHI SANTANA Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.124.331, V-8.578.107 y V-4.842.010 respectivamente debidamente asistidos por la Abogada MOLINA DE PUCHI BLANCA ELENA Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 280.707, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida JUANA SANTANA DE PÉREZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.742.349 quien falleciera, en EL CERRO LA CRUZ, N° DE CASA 11 ZUATA MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 12 de Octubre del 2019 como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro. 046, Tomo I, Folio: 046, Año 2019. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida: JUANA SANTANA DE PÉREZ quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.472.349 a los ciudadanos, JOSÉ RAFAEL PÉREZ, JOSÉ LUIS PUCHI SANTANA, WILLIAM PUCHI SANTANA Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.124.331, V-8.578.107 y V-4.842.010 respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.


Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 05 de Noviembre de Dos Mil Diecinueve (2019). Años 208º de la Independencia y 160º de la Federación.-

LA JUEZA PROVISORIO


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO


EL SECRETARIO TITULAR

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 10:30 pm. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-


EL SECRETARIO TITULAR

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ



Sol.. 540-19
Unico Universal H.
RDRM/EH/AM.-