REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SAN SEBASTIAN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN SAN SEBASTIAN DE LOS REYES
209º y 160º

EXPEDIENTE Nº 1209-12
DEMANDANTE: PETRA TERESA ZERPA ESQUEDA venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.362.453, domiciliada en El Sector Los Caneyes, Calle Negro Primero, casa Nº 18, San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.

DEMANDADO: HECTOR ADRIAN MEDINA MEJIAS Venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio Soldador, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.272.281, domiciliado en El Sector Paraíso II, Calle María de San José, casa S/N, San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.

MOTIVO: REVISION POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
NARRATIVA
Vista y analizadas como han sido las actuaciones que conforman el presente Expediente, con motivo de la solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION, (Exp. 1209-12) incoada por la Ciudadana PETRA TERESA ZERPA ESQUEDA en contra del ciudadano HECTOR ADRIAN MEDINA MEJIAS ambos plenamente identificados en autos, a favor de su hija; y vista igualmente la demanda de REVISION POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION (Exp. 1662-19) en la cual la primera de las nombradas solicita se le aumente la manutención a su hija, la cual fue declarada con Lugar en fecha 12 de Noviembre del año Dos Mil Diecinueve (2019), y quedo Definitivamente Firme en fecha 19 de Noviembre del año Dos Mil Diecinueve (2019), es por lo que este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, acuerda DECLARAR TERMINADA la presente causa, ordenándose de esta manera su archivo para la posterior remisión en su debida oportunidad al archivo judicial correspondiente. Provéase lo conducente.---------------------------------------------------
- - -Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. San Sebastián, a los Veintidós (22) días del mes de NOVIEMBRE del año Dos Mil Diecinueve (2.019). Años 209° de la Independencia y 160° de la Federación.----------------------------------------------------- La Jueza Provisoria,

Abg. Rosalba Arcuri de Ramirez. La Secretaria Temporal,

Abg. Annemarie Apolinar Morgado.
- - - En esta misma fecha, siendo la 01:00 p.m. se publicó la anterior decisión y se cumplió con lo demás ordenado.----------------------------------------------------------------------------------------------------

La Secretaria Temporal,

RADR/annemarie
Exp. 1209-12