REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN PRIMERO DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 24 de Octubre de 2019
209º y 160°


ASUNTO 1E-5226-18
PENADO: ELIO OMAR MORGADO RODRIGUEZ
DELITO: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.
APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO.
DECISION: CESE DE LAS PRESENTACIONES


Efectuada la revisión de la causa signada con el N° 1E-5226-18 seguida al penado ELIO OMAR MORGADO RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.859.044; este Tribunal Primero de Ejecución procede a decidir en los términos siguientes:
PRIMERO: En fecha 23-03-2018; el Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua dictó Sentencia Condenatoria en contra del penado ELIO OMAR MORGADO RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.859.044 a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION por considerarlo culpable y responsable de los delitos de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en los artículos 455 del Código Penal.
SEGUNDO: En fecha 30-08-2018, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, dictó auto contentivo de ejecútese de la sentencia, impuesta al penado ELIO OMAR MORGADO RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.859.044; se dejo constancia que estuvo detenido desde el día 26-10-2015, hasta el día 23-03-2018, fecha en la cual le fue otorgada un medida cautelar sustitutiva de libertad, por lo que se determina que el penado de autos estuvo detenido DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS; faltándole por cumplir UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y TRES (03) DIAS DE PRISION, que terminaría de cumplir bajo el beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
TERCERO: Se advierte acta levantada al efecto, mediante el cual el ciudadano ELIO OMAR MORGADO RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.859.044 solicita el cese de las presentaciones que realiza por ante la oficina de alguacilazgo, ello como consecuencia de la medida cautelar de presentaciones impuesta por el Juez Segundo de Juicio en fecha 26-04-2018 cada SESENTA (60) DIAS; y como quiera que el penado ha cumplido con sus obligaciones a cabalidad y se han garantizado las resultas del proceso; sumado a ello ha solicitado los oficios para el tramite de los antecedentes penales y el informe psicosocial, estima quien decide, que lo procedente y ajustado a derecho; es conceder el CESE DE LAS PRESENTACIONES impuestas por ante la oficina de alguacilazgo; y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos; este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Otorga al penado ELIO OMAR MORGADO RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.859.044, el CESE DE LAS PRESENTACIONES que realiza por ante la Oficina de Alguacilazgo, impuesta por el Tribunal Segundo de Juicio en fecha 26-04-2018 cada SESENTA (60) DIAS; con fundamento en el artículo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo, participando lo decidido. Impóngase al penado de lo decidido. Cúmplase.-


JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN,

DRA. ADAS MARINA ARMAS DÍAZ
LA SECRETARIA

ABG. MARIFE PÉREZ
CAUSA: 1E-5226-18
AMAD/MP