REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA PRIMERO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 02 de Septiembre de 2019
209° y 160°

CAUSA: 1E- 2102-11.-
PENADO: DARWIN JOSÉ ROMERO ALDANA
DELITO: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
MODALIDAD DE OCULTAMIENTO
DECISION: ACTUALIZACION DEL COMPUTO DE LA PENA


Efectuada la revisión de la causa 1E-2102-11 seguida al penado DARWIN JOSÉ ROMERO ALDANA titular de la cédula de identidad Nº V- 20.335.790; y visto el escrito mediante el cual la ciudadana Gregoria Aldana solicita la actualización del computo de su hijo; es por lo que este Tribunal, procede a decidir, previa las siguientes consideraciones:
PRIMERO: En fecha 15 de Noviembre de 2011, el penado DARWIN JOSÉ ROMERO ALDANA titular de la cédula de identidad Nº V- 20.335.790 fue condenado por el Tribunal Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Aragua a cumplir la Pena de Dieciséis (16) años de prisión por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal y artículo 5 y 6 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
SEGUNDO: En fecha 30 de Enero de 2012 se efectuó el cómputo definitivo de la pena impuesta en la sentencia, dejándose constancia que el penado DARWIN JOSE ROMERO, desde la fecha de su detención, hecho ocurrido el 19 de Agosto de 2011 hasta el 30 de Enero de 2012, data en la cual se dictó el ejecútese de la sentencia, había cumplido de la pena impuesta cinco (5) meses y once (11) días de prisión; faltándole por cumplir quince (15) años, seis (6) meses y diecinueve (19) días de prisión; que terminaría de cumplir el 12 de Agosto de 2027.-
TERCERO: En fecha 24 de Febrero de 2016; este Tribunal Primero de Ejecución dicto decisión mediante el cual redimió la pena por el trabajo DARWIN JOSÉ ROMERO ALDANA titular de la cédula de identidad Nº V- 20.335.790 por el lapso de dos (2) años, diez (10) días y doce (12) horas; dejándose constancia que a la referida fecha había cumplido de la pena, seis (6) años, seis (6) meses, quince (15) días y doce (12) horas, faltándole por cumplir nueve (9) años, cinco (5) meses, cuatro (4) días y doce (12) horas; que terminaría de cumplir el 02 de Agosto de 2025.- En fecha 28 de Junio de 2019; este Tribunal Primero de Ejecución redimo la pena por el trabajo por el lapso de ocho (8) meses y tres (3) días; se dejo constancia que a la mencionada fecha, el penado había cumplido de la pena diez (10) años, seis (6) meses, veintidós (22) días y doce (12) horas, faltándole por cumplir cinco (5) años, cinco (%) meses, siete (7) días y doce (12) horas, que terminaría de cumplir el 05 de Diciembre de 2024. (Subrayado de quien decide)
CUARTO: Tenemos que el penado DARWIN JOSÉ ROMERO ALDANA titular de la cédula de identidad Nº V- 20.335.790 desde el 19 de Agosto de 2011 hasta el día de hoy lunes 02 de Septiembre de 2019 ha cumplido de la pena ocho (8) años y catorce (14) días de prisión, más el tiempo redimido en esta fecha 24 de Febrero de 2016 por el tiempo de dos (2) años, diez (10) días y doce (12) horas, y el redimido en fecha 28 de Junio de 2019 por el tiempo de ocho (8) meses y tres (3) días; ello da como resultado, previa sumatoria, que ha cumplido de la pena diez (10) años, ocho (8) meses, veintisiete (27) días y doce (12) horas, faltándole por cumplir cinco (5) años, tres (3) meses, dos (2) días y doce (12) horas, que terminaría de cumplir el 04 de Diciembre de 2024.-
QUINTO: En cuanto al otorgamiento de las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena, el penado opta a la Libertad Condicional y/o a la gracia del Confinamiento, al cumplir las tres cuartas partes de la pena, equivalente a doce años de prisión, por cuanto se trata del delito de Drogas de Mayor cuantía; atendiendo a la sentencia de la Sala Constitucional de fecha 18 de Diciembre de 2014 signada con el N° 11-0836 con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos; este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Primero: Se ACTUALIZA EL CÓMPUTO DE LA PENA que le fuera impuesta al ciudadano DARWIN JOSÉ ROMERO ALDANA titular de la cédula de identidad Nº V- 20.335.790; y como consecuencia de ello, es evidente ha cumplido de la pena, que ha cumplido de la pena diez (10) años, seis (6) meses, veintidós (22) días y doce (12) horas, faltándole por cumplir cinco (5) años, cinco (%) meses, siete (7) días y doce (12) horas, que terminaría de cumplir el 05 de Diciembre de 2024; de conformidad con lo pautado en los artículos 56 y 162, ambos, del Código Orgánico Penitenciario. Segundo: Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de Aragua con sede en Tocorón y adjúntese copia certificada de la decisión; al Director General de Control al Procesado y Penado del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario. Notifíquese al Fiscal Penitenciario del Ministerio Público del Estado Aragua, al Defensor. Expídase copia certificada de la decisión, para ser archivada en el copiador correspondiente. Cúmplase.



JUEZA PRIMERA DE EJECUCION

ADAS MARINA ARMAS DÍAZ

LA SECRETARIA

MARLY FERNANDEZ


CAUSA Nº 1E-2102-11.-
AMAD/amad.-