REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua

Maracay, veinticuatro (24) de octubre de dos mil diecinueve
209º y 160º
ASUNTO: DP11-L-2019-000039
ACTA

PARTE ACTORA: EMELY CAROLINA SOJO DE PEREZ, titular de la Cedula de identidad V-18.804.005.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ANGEL ARAUJO IPSA 111.180.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SUPER LIDER PALO NEGRO C.A.
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: Abogado LAWRENCE CALDERON IPSA 78.633.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS

En el día de hoy veinticuatro (24) de octubre de 2019, siendo las 10:00 a.m. oportunidad para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en el presente juicio. Una vez abierto el acto, se hace el llamado a las parte en las puertas del tribunal comparece por la Demandada la Sociedad Mercantil SUPER LIDER PALO NEGRO C.A. el apoderado Judicial Abogado LAWRENCE CALDERON IPSA 78.633, así mismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana EMELY CAROLINA SOJO DE PEREZ, titular de la Cedula de identidad V-18.804.005, ni por si ni por representante legal alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 10:55am, del día de hoy. Se leyó, se terminó y se firma el Acta.

LA JUEZA,

ABG. SHEILA ROMERO GONZALEZ



APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDA

LA SECRETARIA

SANDRA CORTEZ
Nota: Se deja constancia que la presente actuación fue impresa en papel reciclado por lo que vale su contenido a efectos de la tramitación de este procedimiento, es decir, “vale” solo el anverso de la hoja.-

SRG/sc