REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO ARAGUA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO
Maracay, 30 de Septiembre de 2019
207° y 158°

CAUSA N°: 1J-3036-19
JUEZ: DR. MICHAEL MIJAIL PEREZ AMARO
SECRETARIO: Abg. YEIMELY KATIUSKA ARRAIZ LOZADA
FISCAL 31º MP: Abg. ANA OCHOA
DEFENSA PRIVADA Abg. JOSE MENDOZA y YUSLEIDY MARTINEZ
ACUSADO: ALEXANDER JOSE OLIVOS ROJAS y JORGE ALEXIS HERNANDEZ


Revisada como ha sido la presente causa seguida a Los ciudadanos: OLIVOS ROJAS ALEXANDER JOSE, titular de la cedula de identidad Nª 16.536.712 y HERNANDEZ JORGE ALEXIS titular de la cedula de identidad Nª 14.442.370. En virtud de la acusación presentada por la Fiscalía 31º del Ministerio Publico del Estado Aragua, por la comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Penal en consecuencia este juzgador procede a decidir, de la siguiente manera:
De la revisión de la presente causa se evidencia que en fecha Doce (12) de agosto del 2019, se celebra Audiencia de apertura a Juicio en la cual se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso a los ciudadanos: OLIVOS ROJAS ALEXANDER JOSE , titular de la cedula de identidad Nª 16.536.712 y HERNANDEZ JORGE ALEXIS, titular de la cedula de identidad Nª 14.442.370 , en virtud de la admisión de hechos realizada a los ciudadanos supra mencionado, por el delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal. Ahora bien en fecha 13-08-2019, se deja constancia del cumplimiento de la suspensión condicional del proceso.
En tal sentido, en virtud de lo anteriormente señalado considera este Juzgador, que los hechos ocurridos se encuentra subsumidos dentro del contenido de la norma, de conformidad con el artículo 300 Ordinal 3° en concordancia con el articulo 49 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda decretar el Sobreseimiento de la Causa por considerar quien decide que la acción se encuentra evidentemente prescrita, en virtud de cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se declara.
Por todas las razones ampliamente analizadas y en base a las consideraciones expuestas con detalles, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos: OLIVOS ROJAS ALEXANDER JOSE ARAGUA titular de la cedula de identidad Nª 16.536.712 y HERNANDEZ JORGE ALEXIS titular de la cedula de identidad Nª 14.442.370 del delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en consecuencia este juzgador procede a decidir, de la siguiente manera:. Dialícese. Cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ


Dr.: MICHAEL MIJAIL PEREZ AMARO
LA SECRETARIA


ABG. YEIMELY KATIUSKA ARRAIZ LOZADA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

ABG. YEIMELY KATIUSKA ARRAIZ LOZADA