REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Realizada como ha sido en esta misma fecha audiencia especial de presentación de detenidos en la presenta causa Nº 2C-37.999-20, seguida a los ciudadanos 1.- JULIO JESUS MARQUEZ NACERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.976.434, de 45 años de edad, nacido en fecha 27-03-1975, de profesión: Obrero, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE ORIENTE , CASA N° 70 ESTADO ARAGUA, 2.- EDGARD ENRIQUE RIVAS TOVAR, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.744.447 de 57 años de edad, nacido en fecha 22-12-1961, de profesión: Obrero, residenciado en: CALLE MONTE OSCURO, CASA N° 13-15 BARRIO, SECTOR PATROCINIO PIÑUELA RUIZ, 3.-BRAYAN JOYCE ESCOBAR TERAN, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-25.698.943, de 23 años de edad, nacido en fecha 30-07-1997, de profesión: Agricultor residenciado en: SANTA CRUZ BARRIO ANDRES ELOY BLANCO CALLE RUIZ PIÑEDA, CASA N° 25-57, 4.-ELIEZER JOSE PIÑERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-18.475.096 de 35 años de edad, nacido en fecha 21-03-1985, de profesión: Obrero, residenciado en: CALLE FEDERICO VILLEGAS, CASA N° 66-3 SANTA CRUZ ESTADO ARAGUA, 5.-CARLOS JAVIER ESQUEDA DIAZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-28.432.029, de 18 años de edad, nacido en fecha 23-04-2020, de profesión: Obrero, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE PROLONGACION MARIÑO, CASA 51-13 ESTADO ARAGUA, 6.-CARLOS JOSE BOLIVAR NIEVE, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.197.538 de 36 años de edad, nacido en fecha 24-03-1984, de profesión: Obrero, residenciado en: SANAT CRUZ, RESIDENCIAS SANTA CRUZ, SEGUNDA ETAPA, EDIFICIO 123-B APTO B-9, ESTADO ARAGUA, 7.-WUILIANS RAFAEL YOVERA FACUNDEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.434.297, de 36 años de edad, nacido en fecha 14-07-1984, de profesión: Asesor de ventas, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE PADRE FAJARDO, N° 62-13, ESTADO ARAGUA 8.-JHONATAN JOSE RIVERA GOMEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-24.064.418, de 34 años de edad, nacido en fecha 23-10-1985, de profesión: CHOFER, residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACION LOS MANGOS, CALLE 2, MANZANA B, N° 33, ESTADO ARAGUA, 9.-OBETH RAFAEL TORRES SANCHEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.142.878, de 33 años de edad, nacido en fecha 18-10-1986, de profesión: ESCOLTA, residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACION LOS MANGOS, CALLE 2, MANZANA B, N° 33, ESTADO ARAGUA, 10.- DAGOBERTO JOSE CASTRO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 9.433.039, de 54 años de edad, nacido en fecha 18-02-1966, de profesión: Obrero, residenciado en: SANTA CRUZ, calle 18, casa n° 25, Urbanización Surupey, ESTADO ARAGUA, 11.-GREZZIA ELENA FLORES PEREZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 29.846.613 de años de edad, nacido en fecha 05-10-1998, de profesión: Masajista, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE SUCRE, CASA N° 09-12, SECTOR FEDERICO LAMADRID, ESTADO ARAGUA, 12.-LENNYS ISABEL BOLIVAR PEREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.417.887, de 31 años de edad, nacido en fecha 09-09-1988, de profesión: MANICURISTA, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE SUCRE, CASA N° 09-12, ESTADO ARAGUA, 13.-IREXZA DEL CARMEN FLORES PEREZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.417.889, de 33 años de edad, nacido en fecha 15-07-1987, de profesión: ESTILISTA residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE SUCRE, CASA N° 09-12, ESTADO ARAGUA, 14.-DIANA ANABEL MATA CRESPO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 28.387.730, de 18 años de edad, nacido en fecha 25-04-2002, de profesión: ESTUDIANTE residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACIOIN LOS MANGOS AVENIDA 1, CASA N° AA-54 CALLE ESTADO ARAGUA, 15.-GABRIEL JOSE MACHADO MARQUEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 22.697.026, de 26 años de edad, nacido en fecha 12-12-1993, de profesión: Obrero residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACIOIN LOS MANGOS , CALLE 11, CASA N° W-48, ESTADO ARAGUA, 16.-GUSTAVO ANTONIO HERNANDEZ JIMENEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-26.954.803, de 21 años de edad, nacido en fecha 05-06-1999, de profesión: Agricultor residenciado en: SANTA CRUZ, SECTOR LA HACIENDITA CALLE EL SAMÁN CASA N° 48-C, CALLE 11, CASA N° W-48, ESTADO ARAGUA, este Tribunal Segundo en función de Control, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 232 y 240 del Código Orgánico Procesal Penal, procede de inmediato a publicar el presente auto, realizando previamente las siguientes consideraciones:
DEL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
Una vez iniciada la audiencia especial, las partes hicieron sus exposiciones y alegatos, los imputados rindieron declaración en forma separada e individual, previa imposición del precepto previsto en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los derechos contenidas en los artículos 127 y 133 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a saber:
El ciudadano Fiscal de Flagrancia del Ministerio Publico ABG ANDROSS MITCHELL expone: “Buenas tardes, esta representación Fiscal como titular de la acción penal, con las atribuciones conferidas en los artículos 285 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 37, numeral 16, de la Ley Orgánica del Ministerio Publico y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, pone a disposición ante este Tribunal a los ciudadanos JULIO JESUS MARQUEZ NACERO, EDGARD ENRIQUE RIVAS TOVAR, BRAYAN JOYCE ESCOBAR TERAN, ELIEZER JOSE PIÑERO, CARLOS JAVIER ESQUEDA DIAZ, CARLOS JOSE BOLIVAR NIEVES, WUILIANS RAFAEL YOVERA FACUNDEZ, JHONATAN JOSE RIVERO GOMEZ, OBETH RAFAEL TORRES, SANCHEZ, DAGOBERTO JOSE CASTRO, GREZZIA ELENA FLORES PEREZ, LENNYS ISABEL BOLIVAR PEREZ, IREXZA DEL CARMEN FLORES PEREZ, DIANA ANABEL MATA CRESPO, GABRIEL JOSE MACHADO MARQUEZ, GUSTAVO ANTONIO HERNANDEZ JIMENEZ, cuyas circunstancias de tiempo, modo y de lugar en la cual ocurre la aprehensión del mismo están ampliamente narradas en acta de investigación policial, en tal sentido solicito se decrete la aprehensión de dicho ciudadano como FLAGRANTE, conforme al contenido del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerde proseguir la investigación por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. La representación fiscal precalifica los hechos dentro del tipo penal para los ciudadanos el delito de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 483 DEL CODIGO PENAL Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 218 DEL CODIGO PENAL, así mismo solicito Medida Cautelar Sustitutiva de libertad prevista en el articulo 242 ordina 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal Es todo”
Seguidamente se impone a la imputada del precepto previsto en el articulo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, así como los derechos contenidas en los artículos 127 y 133 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se identifica y declara:
1.- JULIO JESUS MARQUEZ NACERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.976.434, de 45 años de edad, nacido en fecha 27-03-1975, de profesión: Obrero, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE ORIENTE , CASA N° 70 ESTADO ARAGUA, Expone: “No desea declarar, Es todo”
2.- EDGARD ENRIQUE RIVAS TOVAR, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.744.447 de 57 años de edad, nacido en fecha 22-12-1961, de profesión: Obrero, residenciado en: CALLE MONTE OSCURO, CASA N° 13-15 BARRIO, SECTOR PATROCINIO PIÑUELA RUIZ, Expone: “No desea declarar, Es todo”
3.-BRAYAN JOYCE ESCOBAR TERAN, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-25.698.943, de 23 años de edad, nacido en fecha 30-07-1997, de profesión: Agricultor residenciado en: SANTA CRUZ BARRIO ANDRES ELOY BLANCO CALLE RUIZ PIÑEDA, CASA N° 25-57, Expone: “No desea declarar, Es todo”
4.-ELIEZER JOSE PIÑERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-18.475.096 de 35 años de edad, nacido en fecha 21-03-1985, de profesión: Obrero, residenciado en: CALLE FEDERICO VILLEGAS, CASA N° 66-3 SANTA CRUZ ESTADO ARAGUA, Expone: “No desea declarar, Es todo”
5.-CARLOS JAVIER ESQUEDA DIAZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-28.432.029, de 18 años de edad, nacido en fecha 23-04-2020, de profesión: Obrero, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE PROLONGACION MARIÑO, CASA 51-13 ESTADO ARAGUA, Expone: “No desea declarar, Es todo”
6.-CARLOS JOSE BOLIVAR NIEVE, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.197.538 de 36 años de edad, nacido en fecha 24-03-1984, de profesión: Obrero, residenciado en: SANAT CRUZ, RESIDENCIAS SANTA CRUZ, SEGUNDA ETAPA, EDIFICIO 123-B APTO B-9, ESTADO ARAGUA, Expone: No desea declarar, Es todo”
7.-WUILIANS RAFAEL YOVERA FACUNDEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.434.297, de 36 años de edad, nacido en fecha 14-07-1984, de profesión: Asesor de ventas, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE PADRE FAJARDO, N° 62-13, ESTADO ARAGUA Expone No desea declarar, Es todo”
8.-JHONATAN JOSE RIVERA GOMEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-24.064.418, de 34 años de edad, nacido en fecha 23-10-1985, de profesión: CHOFER, residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACION LOS MANGOS, CALLE 2, MANZANA B, N° 33, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”
9.-OBETH RAFAEL TORRES SANCHEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.142.878, de 33 años de edad, nacido en fecha 18-10-1986, de profesión: ESCOLTA, residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACION LOS MANGOS, CALLE 2, MANZANA B, N° 33, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
10.- DAGOBERTO JOSE CASTRO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 9.433.039, de 54 años de edad, nacido en fecha 18-02-1966, de profesión: Obrero, residenciado en: SANTA CRUZ, calle 18, casa n° 25, Urbanización Surupey, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
11.-GREZZIA ELENA FLORES PEREZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 29.846.613 de años de edad, nacido en fecha 05-10-1998, de profesión: Masajista, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE SUCRE, CASA N° 09-12, SECTOR FEDERICO LAMADRID, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”
12.-LENNYS ISABEL BOLIVAR PEREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.417.887, de 31 años de edad, nacido en fecha 09-09-1988, de profesión: MANICURISTA, residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE SUCRE, CASA N° 09-12, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
13.-IREXZA DEL CARMEN FLORES PEREZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.417.889, de 33 años de edad, nacido en fecha 15-07-1987, de profesión: ESTILISTA residenciado en: SANTA CRUZ, CALLE SUCRE, CASA N° 09-12, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
14.-DIANA ANABEL MATA CRESPO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 28.387.730, de 18 años de edad, nacido en fecha 25-04-2002, de profesión: ESTUDIANTE residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACIOIN LOS MANGOS AVENIDA 1, CASA N° AA-54 CALLE ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
15.-GABRIEL JOSE MACHADO MARQUEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 22.697.026, de 26 años de edad, nacido en fecha 12-12-1993, de profesión: Obrero residenciado en: SANTA CRUZ, URBANIZACIOIN LOS MANGOS , CALLE 11, CASA N° W-48, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
16.-GUSTAVO ANTONIO HERNANDEZ JIMENEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-26.954.803, de 21 años de edad, nacido en fecha 05-06-1999, de profesión: Agricultor residenciado en: SANTA CRUZ, SECTOR LA HACIENDITA CALLE EL SAMÁN CASA N° 48-C, CALLE 11, CASA N° W-48, ESTADO ARAGUA, Expone No desea declarar, Es todo”.
Se le concede el derecho de palabra a la Defensa ABG. MARIA ANGELICA HURTADO, quien expuso: “ellos se encontraban con el tapa boca y no estaban incumpliendo con las medidas de la cuarentena, solicito una libertad plena y en su defecto el ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal, ELLOS FUERON detenidos en sitios distintos y tenía su tapa boca no estaban incumpliendo con la cuarentena, Es todo”
DE LA DECISIÓN
El representante del Ministerio Publico precalifico los hechos como DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 483 DEL CODIGO PENAL Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 218 DEL CODIGO PENAL, precalificación que este Tribunal mantiene, por cuanto la misma podría ser objeto de modificaciones, de ser el caso, durante la etapa investigativa.-
El proceso penal exige la adopción de medidas de coerción personal, precautelativas, destinadas a evitar que vean frustradas las exigencias de justicia y que inciden en la libertad de movimiento del imputado. Precisamente, es el espíritu del artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, cuando justifica la motorización del proceso en función del esclarecimiento de los hechos, y de la consecuencia de la justicia por la aplicación del derecho; tales postulados no trascenderían de un ideal intangible, ilusorio, si el proceso no dispusiera de mecanismos cautelares tendentes a hacer efectivo el sistema de Administración de Justicia. Entre ellos, imperan naturalmente las medidas de coerción personal, cuyo propósito fundamental es garantizar la presencia del imputado mientras se desenvuelve el iter procedimental.-
Ahora bien, en el presente caso se estima que NO CONCURREN las circunstancias a que se refieren los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente la señalada en el numeral 3 del referido artículo 236, a saber; una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación. Por tal motivo es procedente aplicar medida cautelar para los ciudadanos JULIO JESUS MARQUEZ NACERO, EDGARD ENRIQUE RIVAS TOVAR, BRAYAN JOYCE ESCOBAR TERAN, ELIEZER JOSE PIÑERO, CARLOS JAVIER ESQUEDA DIAZ, CARLOS JOSE BOLIVAR NIEVES, WUILIANS RAFAEL YOVERA FACUNDEZ, JHONATAN JOSE RIVERO GOMEZ, OBETH RAFAEL TORRES, SANCHEZ, DAGOBERTO JOSE CASTRO, GREZZIA ELENA FLORES PEREZ, LENNYS ISABEL BOLIVAR PEREZ, IREXZA DEL CARMEN FLORES PEREZ, DIANA ANABEL MATA CRESPO, GABRIEL JOSE MACHADO MARQUEZ, GUSTAVO ANTONIO HERNANDEZ JIMENEZ, conforme a lo establecido en el artículo 242 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal consistente en estar atento al proceso. Y así se decide.-