REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA



SOLICITUD: T2M-V-579-20
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: MIRNA XIOMARA AZUAJE de MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 5.624.719.
ABOGADO ASISTENTE: YAJAIRA JOSEFINA AZUAJE TESORERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 214.121.

Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 050, realizada en fecha 01 de Diciembre 2020, y admitida en fecha 07 de Diciembre del corriente año, formulada por la Ciudadana: MIRNA XIOMARA AZUAJE de MOTA, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 5.624.719, debidamente asistida por la Abogado, YAJAIRA JOSEFINA AZUAJE TESORERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 214.121, actuando en nombre propio y representación de sus hijos MOTA AZUAJE BLANCA XIOMARA, MOTA AZUAJE RUDYS ANDRÉS, MOTA AZUAJE HUMBERTO VALENTIN, MOTA AZUAJE MIRMARA ANDREMIR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.412.106, V-14.086.827, V-14.829.630, V-16.761.859, respectivamente, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ANDRÉS HUMBERTO MOTA, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.368.534, quien falleciera ab intestato, en el Hospital “Central de Maracay”, Estado Aragua, el día 24 de Octubre del 2020, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipio Girardot, del Estado Aragua, Acta Nro. 111, Tomo, 01, Año 2020. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido ANDRÉS HUMBERTO MOTA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.368.534, a los ciudadanos MIRNA XIOMARA AZUAJE de MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 5.624.719, conyugue del De Cujus y a sus hijos MOTA AZUAJE BLANCA XIOMARA, MOTA AZUAJE RUDYS ANDRÉS, MOTA AZUAJE HUMBERTO VALENTIN, MOTA AZUAJE MIRMARA ANDREMIR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.412.106, V-14.086.827, V-14.829.630, V-16.761.859, respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 09 de Diciembre de Dos Mil Veinte (2020). Años 211º de la Independencia y 161º de la Federación.-
LA JUEZA

ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO


EL SECRETARIO

EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 10:00 am. Se publicó y se registro, se dejo copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO

EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/At
SOL. Nº T2M-V-579-20