REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 21 de Enero de 2020.
209º y 160º
Visto que en fecha 30/01/2020, corresponde a esta instancia celebrar audiencia del Dispositivo Oral del Fallo, en el presente asunto, esta juzgadora antes de pronunciarse en la misma, considera oportuno y en acatamiento a uno de los principios fundamentales del proceso ordinario agrario (inmediación), considera imperativo quien aquí suscribe antes de decidir y tomando en cuenta que desde el momento que se decreta la medida de protección agraria han transcurrido mas de 12 meses es decir desde el 31/05/2018, hasta la presente fecha y en virtud que nuestra doctrina y los aportes jurisprudenciales de nuestro máximo tribunal, han sido precisos y determinantes a la hora de establecer cuales son los elementos que deben concurrir en campo a los fines de que se configure la emisión de los decretos de las medidas de protección agroalimentarias o autosatisfactivas, e igualmente hace especial distinción entre las instituciones del Derecho Agrario, establecidas en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, esto es Acciones Posesorias. Reivindicatorias, Deslinde Judiciales entre otras. Figuras estas establecidas en la norma adjetiva civil pero que deben ser agrarizadas y tratadas tomando en consideración que el bien jurídico tutelado en estos procesos de agrariedad.
Planteado lo anterior y a los fines de dar continuidad al presente asunto el cual se encuentra en el estado de dictar dispositivo oral del fallo y garantizando el derecho a la defensa y en acatamiento del principio finalista del proceso, dispuesto por el constituyente en el articulo 257 constitucional, se acuerda efectuar Inspección Judicial en el lote de terreno denominado “FUNDO SOLES Y ESTRELLAS”, ubicado en la Carretera Nacional Vía el Sur, Sector Boquerón de Amana, vía Agrícola Puente Hierro, Parroquia San Simón del Municipio Maturín del Estado Monagas; el día miércoles 29/01/2020, a las ocho en punto de la mañana (8:00 am), de conformidad con el articulo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; asimismo se hace de su conocimiento que una vez realizada la misma y en aras de mantener una justicia expedita, transparente y sin dilataciones se fijara para el tercer día de despacho siguiente a la inspección, para dictar Dispositivo Oral del Fallo. en consecuencia, se ordena oficiar al Destacamento Zona N° 51 de la Guardia Nacional Bolivariana de la República Bolivariana del estado Monagas, con atención al T/C Seijas Sangroni Darwuin C/D 511; a objeto que preste la colaboración y asigne a tres (03) funcionarios entre ellos una (01) femenina, para el Resguardo de esta Instancia Superior Agraria y a la Oficina Regional de Tierras ORT Monagas (INTI), con el fin de asignarnos (01) Ingeniero Agrónomo adscrito a dicha institución, a los fines de prestar asesoría técnica, Líbrense los oficios respectivos.
La Jueza,
ROJEXI TENORIO NARVÁEZ
El Secretario Suplente,
JESUS ALEJANDRO RODRIGUEZ
Exp. Nº 0535 -2019
RTN/JAR/le