REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITUD: 563-20
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: MARIA ELENA HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.005.212.
ABOGADO ASISTENTE: NAHIR SIBEL MONTERREY MARRERO Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.448.

Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 173, realizada en fecha 21 de Enero del 2020, y admitida en fecha 28 de Enero de 2020, formulada por la ciudadana: MARIA ELENA HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.005.212, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio NAHIR SIBEL MONTERREY MARRERO Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.448, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido RAMÓN ALFREDO SÁNCHEZ CORTES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 626.102 quien falleciera ab intestato, en DMS REVENGA DEL ESTADO ARAGUA en fecha 19 de Diciembre del 2019 como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, Acta Nro. 01, Año 2020. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido: RAMÓN ALFREDO SÁNCHEZ CORTES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 626.102a las ciudadanas, ROSMERY ANAIS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, REILYS ARIOLA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, MILEYDI MARGARITA SÁNCHEZ QUEVEDO y MARIA ELENA HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números. V-16.762.499, V-18.609.888, V-8.675.100 y V6.005.212 respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.


Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 30 de Enero de Dos Mil Veinte (2020). Años 208º de la Independencia y 160º de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIO

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO


EL SECRETARIO TITULAR
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 10:30 pm. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-

EL SECRETARIO TITULAR
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
Sol..563-20
Unico Universal H.
RDRM/EH/AM.-