REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
CORTE DE APELACIONES

Maracay, 28 de Febrero de 2020 209º y 161º

CAUSA 1Aa-14.221-19
PONENTE: DR. ENRIQUE JOSÉ LEAL VELIZ
ACUSADO: CARLOS JAVIER ARAUJO ESCUSA
DEFENSA: abogado DANIEL JAEN, adscrito a la Defensa Pública del Estado Aragua.
FISCAL: abogada MONICA DESIREE RAMOS ONTIVEROS, Fiscal Auxiliar Trigésima Tercera Encargada de la Fiscalía Décima Novena (19) del Ministerio Público del estado Aragua.
PROCEDENCIA: TRIBUNAL OCTAVO DE CONTROL CIRCUNSCRIPCIONAL
MATERIA: PENAL
DECISIÓN: “…ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada MONICA DESIREE RAMOS ONTIVEROS, Fiscal Auxiliar Trigésima Tercera Encargada de la Fiscalía Décima Novena (19) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, contra la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29 de Agosto del año 2019, en la cual entre otros pronunciamientos decretó medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del ciudadano CARLOS JAVIER ARAUJO ESCUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, presentaciones cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y estar pendiente del proceso seguido en su contra…”

N° 047-20

Visto el escrito interpuesto por la abogada MONICA DESIREE RAMOS ONTIVEROS, Fiscal Auxiliar Trigésima Tercera Encargada de la Fiscalía Décima Novena (19) de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que cursa del folio 01 al 05 de las presentes actuaciones, mediante el cual recurre de la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29 de Agosto del año 2019, en la cual entre otros pronunciamientos decretó medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del ciudadano CARLOS JAVIER ARAUJO ESCUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, presentaciones cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y estar pendiente del proceso seguido en su contra.

Con el propósito de verificar los requisitos exigidos por los artículos 424, 427 , 439, 440, y 442 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la procedencia, legitimación, interposición, oportunidad, competencia y requisitos, encuentra esta Alzada que dicho recurso cumple los citados requisitos para que sea admisible. En consecuencia se procederá a dictar la resolución que corresponda sobre el fondo del asunto planteado en el lapso de ley. Así se declara.

DISPOSITIVA

Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:

ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada MONICA DESIREE RAMOS ONTIVEROS, Fiscal Auxiliar Trigésima Tercera Encargada de la Fiscalía Décima Novena (19) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, contra la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29 de Agosto del año 2019, en la cual entre otros pronunciamientos decretó medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del ciudadano CARLOS JAVIER ARAUJO ESCUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, presentaciones cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y estar pendiente del proceso seguido en su contra.

En consecuencia esta Sala procederá a dictar la resolución que corresponda sobre el fondo del asunto planteado, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,



Dr. ENRIQUE JOSÉ LEAL VELIZ
Juez Presidente-Ponente



Dr. OSWALDO RAFAEL FLORES
Juez Superior



Dr. LUÍS ENRIQUE ABELLO GARCÍA
Juez Superior



ABG. CARLA DEL VALLE TOVAR LECLERCQ
Secretaria


En esta misma fecha se dió cumplimiento a lo anteriormente ordenado.



ABG. CARLA DEL VALLE TOVAR LECLERCQ
Secretaria



CAUSA 1Aa-14.221-19
EJLV/LEAG/ORF/Nathasky.