este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 05° del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: : PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada, por la Fiscalía del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua en contra del ciudadano ABRAHAM JOSUE MALAVE NIÑO Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.151.321, por el delito de de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 2, 3, 4, 5 y 9 del Código Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes. TERCERO: Admitida la acusación, se impone a los acusados ABRAHAM JOSUE MALAVE NIÑO Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.151.321, del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dicho acusado, sin coacción ni apremio y con conocimiento de las consecuencias jurídicas que ello implica, exponen en alta y clara voz: “admito los hechos por el delito que se me acusa y pido se me imponga la pena que me corresponde. es todo”. CUARTO: Por consiguiente se condena a los acusados ABRAHAM JOSUE MALAVE NIÑO Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.151.321 a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, así como las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal; en las condiciones que determine el Juez en función de Ejecución correspondiente. QUINTO: Se acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, conforme a lo establecido en el artículo 242 ordinal 3°, 6° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en las presentaciones cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, la prohibición de acercarse al lugar de los hechos y estar atento al proceso. SEXTO: Notifíquese a la víctima. Remítase la presente causa a la Oficina de Alguacilazgo a los fines de su distribución entre los Jueces en función de Ejecución, Líbrense Boletas de Notificación. Las partes quedan notificadas