Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Turmero, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por el ciudadano TOWFIQUR RAHAMAN ABDOEL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.205.371, de este domicilio, debidamente asistido por la ciudadana abogada Sixta Arteaga, Inpreabogado N° 34.906; contra los ciudadanos OSCAR UMEREZ PANTIN y HAIBRYM SOLEDAD GARCIA DE UMEREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos V-2.932.416 y V-3.182.473 respectivamente; representados por el ciudadano: HECTOR UMEREZ PANTIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos V-2.932.415, según poder otorgado por el registro público de los municipios Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara de fecha 09 de Julio 2021, bajo el Numero 29.639481, tomo 5, protocolo de transcripción del presente año, en su carácter de parte demandada; debidamente asistido por el abogado Lorenzo Antonio Hayes, Inpreabogado N° 250.431.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento contentivo de Documento de Venta que es del siguiente tenor:
“Yo, HECTOR UMEREZ PANTIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.932.415, actuando en nombre y representación de los ciudadanos OSCAR UMEREZ PANTIN Y HAIBRYM SOLEDAD GARCIA DE UMEREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 2.932.416 y V- 3.182.473, respectivamente, según consta de documento registrado por ante La Oficina de Registro Público de Los Municipio Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara, de fecha 09 de Julio del Año 2.021, bajo el N° 29, Folios 639481 de los tomos 5, Protocolo de Transcripción del año 2.021, el por el presente documento declaro: Consta de documento debidamente protocolizado por La Oficina del Registro Público del Municipio Mariño, Libertador, y Linares Alcántara del Estado Aragua de fecha 14 de Agosto del año 1.967, bajo el No.50, Folios 111 al 115 del Tercer Trimestre del año 1.967, propiedad de mis representados, un lote de terreno que forma parte de La Hacienda “ Potreros de Abajo”, ubicada, En La Urbanización Antigua Hacienda de Paya, Jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua un inmueble, constituido por un lote de terreno de mi propiedad ubicado en La Urbanización Antigua Hacienda de Paya, Jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua. Y cuyos linderos son los siguientes: Del punto “H” del plano general de Los Potreros de la posesión Paya, indicado por los planos levantados por los señores Bustamante Morelli y Tomas A. Duarte que figura el índice Z-1, 912) y siguiendo La empalizada que separa La Hacienda El Café de Los potreros por espacio de CIENTO SESENTA Y CINCO METROS (165 mts) se llega de punto A-3.- Partiendo del punto A-3 con Rumbo S 77° 20´(sur Setenta y Siete grados y Veinte minutos este ), por especio de QUINCE METROS CON CERO CENTÍMETROS, se encuentra el punto C-2.- (15,00 mts), NORESTE: OCHENTA Y SEIS METROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTÍMETROS(86,54 mts), sobre la línea que parte del punto C-3 con Rumbo S (77° 20´), Sur SETENTA Y SIETE GRADOS CON VEINTE MINUTOS ESTE) , hasta llegar al margen oeste del rio Paya(C-6), Sureste: Margen oeste del Rio Paya, Suroeste: En CIENTO DOS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (102,50 mts) sobre la línea 292.248.944. 2) (300.00 $). 3) que S 77° 20´, (sur Setenta y Siete grados y Veinte minutos este), parte del punto C-1 y llega al C-7 sobre el margen oeste del Rio Paya. Dicho lote forma parte de La Hacienda Los Potreros de Debajo de mayor extensión. Le pertenecen a mis representados según documento debidamente protocolizado por La Oficina del Registro Público del Municipio Mariño, Libertador, y Linares Alcántara del Estado Aragua de fecha 14 de Agosto del año 1.967, bajo el No. 50, Folios 111 al 115 del Tercer Trimestre del año 1.967 y actualmente y tal como se evidencia del Certificado Catastral del fecha 18 de Junio del año 2.021, emitido por La Alcaldía del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, el Lote de terreno se encuentra Ubicado en La Parroquia Pedro Arévalo Aponte, Fundo Rosario de Paya, Sector Potreros de Paya, Calle Interna , cruce con Calle Interna Abdoel Rahaman, Parcela N° 6-9, Lote 4, del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, signado con el Código Catastral 05 11 02 U00 021 001 049 000 000 000, La Parcela de terreno posee Un área de CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS METROS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS (4.426.75 mts ), y cuyos linderos son los siguientes: NORESTE: Partiendo del punto marcado P-1 Coordenadas Norte 1132848.59, este 668285.05, en el plano que se acompaña, recorriendo una distancia en una extensión de OCHENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (87.63 mts), hasta el punto P-2, Coordenada Norte: 1132833.65, este: 668371.40, Con La Parcela 6-9, Lote 4. SURESTE: Partiendo del punto marcado P-2 Coordenadas: Norte: 1132833.65, este: 668371.40, recorriendo una distancia de CINCUENTA Y UN METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTÍMETROS (51,56 mts), hasta el punto P-3, Coordenadas: Norte: 1132784.17, este: 66356.92, Con área verde protección del Rio. NOROESTE: Partiendo del punto marcado P-3, Coordenadas: 1132784.17, este: 66356.92, recorriendo una distancia de OCHENTA Y DOS METROS CON NOVENTA Y UN CENTÍMETROS (82.91 mts), hasta el punto P-4, Coordenadas Norte: 1132796.88, este: 668274.99, Con Calle Interna Abdoel Rahaman; SUROESTE: Partiendo del punto marcado P-4, Coordenadas Norte: 1132796.88, este: 668274.99, en un recorrido de CINCUENTA Y DOS METROS CON SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS (52.68 mts), hasta el punto P-1, Coordenadas Norte 1132848.59, este 668285.05, Con Calle Interna. Aclaratoria que hago a los fines legales pertinentes. Igualmente declaro en este mismo acto que doy en venta pura y simple perfecta e irrevocable al ciudadano TOWFIQUR RAHAMAN ABDOEL, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad NºV-6.205.371, y de este domicilio, Un inmueble propiedad de mis representados de las siguientes características: Un lote de terreno PROPIO, que se encuentra Ubicado en La Parroquia Pedro Arévalo Aponte, Fundo Rosario de Paya, Sector Potreros de Paya, Calle Interna , cruce con Calle Interna Abdoel Rahaman, Parcela N° 6-9, Lote 4, del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, signado con el Código Catastral 05 11 02 U00 021 001 049 000 000 000, La Parcela de terreno posee Un área de CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS METROS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS (4.426.75 mts ), y cuyos linderos son los siguientes: NORESTE: Partiendo del punto marcado P-1, en el plano que se acompaña, en una extensión de OCHENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (87.63 mts), hasta el punto P-2, Con La Parcela 6-9, Lote 4. SURESTE: Partiendo del punto marcado P-2, en una extensión de CINCUENTA Y UN METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTÍMETROS (51,56 mts), hasta el punto P-3, Con Calle Interna Abdoel Rahaman Con área verde protección del Rio. NOROESTE: Partiendo del punto marcado P-3, en una extensión de OCHENTA Y DOS METROS CON NOVENTA Y UN CENTÍMETROS (82.91 mts), hasta el punto P-4, Con Calle Interna Abdoel Rahaman; SUROESTE: Partiendo del punto marcado P-4, en una extensión de CINCUENTA Y DOS METROS CON SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS (52.68 mts), hasta el punto P-1, Con Calle Interna. Le pertenece a mis representados según documento debidamente protocolizado por La Oficina del Registro Público del Municipio Mariño, Libertador, y Linares Alcántara del Estado Aragua de fecha 14 de Agosto del año 1.967, bajo el No.50, Folios 111 al 115 del Tercer Trimestre del año 1.967. El precio de esta venta que hemos establecido de común y mutuo acuerdo, en la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (50.000.000,00 Bs) , los cuales declaro recibir en nombre de mis representados de manos del comprador en cheque N° 11002173, del Banco de Venezuela, de fecha 10 de Julio del año 2.021 a mi entera y cabal satisfacción. Con el otorgamiento de este documento Hago la tradición legal del inmueble vendido y me obligo en nombre de mis representados al saneamiento de ley. Y Yo, TOWFIQUR RAHAMAN ABDOEL,, anteriormente identificado declaro que acepto la venta que se me hace en los términos expuestos. En Turmero, a los 10 días del de Julio de 2.021”
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la decisión.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Turmero a los Diecinueve (19) días del mes de Agosto del año Dos Mil Veintiuno (2021). Años 210° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZA,



ISNELDA MENDIA VILLEGAS.
EL SECRETARIO


Néstor Molinaro.

En esta misma fecha, siendo las 11:00 de la mañana. Se publicó y se registró la anterior decisión.

EL SECRETARIO

Néstor Molinaro.


Expediente Nro. 946/21.
ILMV/nm.-