REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, veinticinco de agosto de dos mil veintiuno
211º y 162º

ASUNTO: KP12-S-2019-000318

El ciudadano DOMICIO DE JESUS SUAREZ CAMACARO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.194.648, de éste domicilio; asistido por el Abogado MIGLES MASCAREÑO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 54.844, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, inserta por ante el Registro Civil Parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 604, de fecha de presentación 22 de Noviembre de 1.949, por cuanto se incurrió en los errores al asentar su primer nombre como “DIONISIO”, siendo lo correcto: “DOMICIO”.
La solicitud se admitió acordándose publicar un Cartel por la prensa y notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, vencidos como fueron los diez días de despacho contados a partir de la publicación y consignación del Edicto librado y no habiendo objeción por parte del Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara en relación a lo solicitado, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el Acta de Nacimiento del ciudadano DOMICIO DE JESUS SUAREZ CAMACARO, su primer nombre como “DOMICIO”, quedando sin efecto “DIONISIO”. En consecuencia, se ordena al Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, veinticinco de agosto del año dos mil veintiuno. Años: 211º y 162º.
El Juez,

Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 18/2021, de la Sentencias Definitivas, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 12:45 p.m., y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca