En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos CARINA YELITZA GIMON UZCATEQUI e YSAAC ENRIQUE PEREZ MAGALLANEZ, Venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros, V-9.437.031 y V-7.272.560, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada Yoli Torres Franco, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.118.

En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 20 de Diciembre del 1996, por ante El Juzgado Ejecutor de medidas de los Municipios José Félix Rivas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la circunscripción judicial del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 14, Año 1996.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Catorce (14) días del mes de Diciembre del año 2021. Años 211º de la Independencia y 162º de la Federación.
LA JUEZA

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
EL SECRETARIO,
NESTOR MOLINARO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 3:00 p.m. EL SECRETARIO,
Expediente Nº .D- 995-21.-
IM/nm.-