REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Cagua, 08 de diciembre del 2021.
211º y 162°
ASIENTO Nº 09.-
EXPEDIENTE N° T1M-C-(S-6668-2021).-
PARTES SOLICITANTES: ARLENYS LEONELA MEJIAS MATHEUS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-20.769.382.
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 250.557.
MOTIVO: DIVORCIO.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.-
Vista la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana ARLENYS LEONELA MEJIAS MATHEUS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-20.769.382, teléfono: 0412-4581012, Correo: arlenysleonelame@gmail.com, debidamente asistida por el abogado PEDRO FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 250.557, por consiguiente; este Tribunal procedió a constatar minuciosamente, el escrito libelar, una incongruencia en cuanto a que la parte actora, señala en el Capítulo I, de los hechos, que el ciudadano LEONEL FRANCISCO HERRADA RENGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.175.659, se encuentra domiciliado en la República del Ecuador, y en el Capítulo VI, de las Notificación, se señala que el mismo se encuentra domiciliado en la Urbanización la Mora 1, Avenida 36, Casa Nro. 01-02, del Municipio José Félix Ribas del estado Aragua; en consecuencia, se insta a la solicitante a indicar a este Tribunal, cuál de los dos domicilios, corresponde al ciudadano LEONEL FRANCISCO HERRADA RENGEL, plenamente identificado, a los fines legales subsiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ,
JOHANA DEL MAR AYAREZ GARCÍA.-
LA SECRETARIA ACC,
PAOLA RODRÍGUEZ DE PACHECO.-
Expediente N° T1M-S-6668-2021.-
JDMAG/Prdp.-
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