En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el 13 de Junio de 2016, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos MARIANA JOSE FLORES VERENZUELA y JESUS OSWALDO ARANDA ZABALA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-27.369.602 y V-16.691.480, respectivamente; en virtud del matrimonio civil celebrado el 20 de Abril 2012, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua.
Particípese lo conducente a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su certificación por secretaria de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese, Ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los Doce (12) días del mes de Febrero del año 2021. Años 209° de la Independencia y 160° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
EL SECRETARIO,

NESTOR MOLINARO

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.
EL SECRETARIO,

NESTOR MOLINARO