REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y MERCANTIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, diez (10) de Junio de dos mil Veintiuno (2.021).

211° y 162°

Visto el DESISTIMIENTO del Recurso de Apelación de fecha 09 de Junio del año 2021, presentado por el abogado JOSÉ RAMÓN MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.302, en el cual desiste de la apelación; actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante de autos, tal como se evidencia de instrumento poder inserto al folio dieciocho (18) del presente expediente, el cual acepta el desistimiento. En consecuencia, este Tribunal Superior le imparte su Homologación a este acto de auto-composición procesal solo en cuanto a el desistimiento de la apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la Causa. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ,


PEDRO JIMÉNEZ FLORES.


LA SECRETARIA TEMPORAL,


YRANIS GARCIA.-




PJF/yg/.-
Exp. Nº 012884.-