En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos ARMANDO MIGUEL HEUMANN VILERA y KETHERINE RENATA FANOTTOLI VELASCO, Venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros, V-15.993.080 y V-20.695.591, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Juan Rafael García, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 27.398.

En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 26 de Agosto del 2016, el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 355, folio 24, Año 2016.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Diez (10) días del mes de Marzo del año 2021. Años 210º de la Independencia y 162º de la Federación.
LA JUEZA

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
EL SECRETARIO,

Néstor Molinaro
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 3:00 p.m. EL SECRETARIO,
Expediente nro. 901-21.-
IM/nm.-