Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho declara:

PRIMERO: INCOMPETENTE por la cuantía para conocer de la presente demanda de Particion de la comunidad conyugal, incoada por el Ciudadano: Abg. JAIRO JOSE ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.699.204, actuando en representación del ciudadano: David José Castillo, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.479.541 en contra de la ciudadana: CARMEN MARIA SEVILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.460.763.

SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Cagua.

Désele salida y remítase el expediente junto con oficio al precitado juzgado. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Diecinueve (19) días del mes de Marzo del 2.021. Años 210º de la Independencia y 161º de la Federación.
LA JUEZ,

DRA. ISNELDA MENDIA
EL SECRETARIO

NESTOR MOLINARO
IMV/NM/ry
Exp: 872-2020