TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, DIECISIETE (17) DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021)
211° y 161°
SOLICITUD: T2M-V-589-21
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: VERÓNICA CAROLINA ABAD APARCEDO y JOSÉ RAMÓN LÓPEZ TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro V-18.154.626 y V-18.609.923, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: JUAN JOSÉ TERÁN LOZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.911.
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos VERÓNICA CAROLINA ABAD APARCEDO y JOSÉ RAMÓN LÓPEZ TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro V-18.154.626 y V-18.609.923, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado JUAN JOSÉ TERÁN LOZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.911. Vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos EWARD ANTONIO TOVAR BANDES venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.369.746, domiciliado en el Primer Callejón La Iglesia Juan Moreno I Casa N° 32, El Consejo Edo Aragua y AYARI ALEJANDRA DOMÍNGUEZ CASTRO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.284.134, domiciliado Calle García de Sena Casa N°65 El Consejo del Estado Aragua. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de los ciudadanos VERÓNICA CAROLINA ABAD APARCEDO y JOSÉ RAMÓN LÓPEZ TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro V-18.154.626 y V-18.609.923, respectivamente, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle La Paz, N° 55, Sector Juan Moreno III, El Consejo Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, cuyo número catastral es 05-06-01-U01006 JUAN MORENO III, las cuales están enclavadas en un área de terreno de CIENTO SETENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (179,64 MTS2), con un área de construcción: DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (237, 54 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con C/Vecina S/N; SUR: Con casa que es o fue de Federico Mejías; ESTE: Con casa que es o fue de María Montilla y OESTE: Con Calle La Paz. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
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Solicitud Nº T2M-V-589-21
RDRM/EH/ANA
TITULO SUPLETORIO.
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