REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 23 de Noviembre del 2021.
211° y 162°
I
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
PARTE DEMANDANTE: LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS y YARITH CHACIN SOTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.480.425 y 8.360.973 respectivamente, con domicilio procesal en la Calle Monagas, Edificio Rudga, mezzanina, oficina M-01 de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 27.444 y 28.670 también respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ANGEL DOMINGO GOMEZ LOVERA y YOLANDA JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.256.508 y 2.775.346 respectivamente, y de este domicilio.
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.
EXPEDIENTE: 11.112
ASUNTO: ACLARATORIA DE SENTENCIA.
UNICO
Vista la diligencia suscrita por la Abogada YARITH CHACIN SOTILLO, plenamente identificada en autos, mediante la cual solicita la aclaratoria de sentencia dictada por este tribunal el 11 de Noviembre del 2021, este Juzgado pasa a realizar tal aclaratoria en los siguientes términos:
En el presente asunto ha sido demandada la intimación de honorarios profesionales de los abogados LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS y YARITH CHACIN SOTILLO en contra de los ciudadanos ANGEL DOMINGO GOMEZ LOVERA y YOLANDA JOSEFINA RODRIGUEZ, la cual se declaró con lugar en sentencia dictada por este juzgado en fecha 11 de Noviembre del 2021, ahora bien ya como han sido notificada la parte demandante y solicitada la presente aclaratoria:
Solicita aclaratoria sobre la sentencia dictada el 11 de de los corrientes en referencia a la indexación monetaria solicitada en el libelo de la demanda. Es todo.-
Con respecto a ello este Tribunal ORDENA UNA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, la cual debe formar parte de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11 de Noviembre del 2021; y en la cual se establecerá el monto a pagar por motivo de intimación de honorario profesionales demandada por los abogados LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS y YARITH CHACIN SOTILLO en contra de los ciudadanos ANGEL DOMINGO GOMEZ LOVERA y YOLANDA JOSEFINA RODRIGUEZ. Y así se declara.-
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, 23 días del mes de Noviembre del 2021. Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
El Juez
Gustavo Posada La Secretaria
Abg. Milagro Palma
En esta misma fecha siendo las 09:00 A.M., se dictó y publicó el anterior fallo y se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste
La Secretaria
Abg. Milagro Palma
Exp. Nº 11.112
GP/Als.-
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