Se recibe en este Despacho Solicitud de Sobreseimiento incoada por el Ciudadano Fiscal Provisorio 6° del Ministerio Publico ABG. JUAN LUIS PEREZ de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a favor de HEIBOR ORLANDO LOPEZ VALBUENA atendiendo al contenido de los artículos 285 Constitucional, en sus numeral 4, en consonancia con las atribuciones conferidas en los artículos 34 numerales 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, así como en los artículos 111 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, procedo en este acto a solicitar formalmente conforme a lo establecido en el numeral 1° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SIGNADA CON EL Nº 05-F6-0247-19.
Ahora bien, encontrándose este Tribunal de Control, dentro de la oportunidad para emitir pronunciamiento, pasa a hacerlo, de conformidad con el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal previas las siguientes consideraciones:
DE LOS HECHOS OBJETO DE LA INVESTIGACION

De las actas que integran la investigación llevada a cabo bajo la Dirección de esta Fiscalía del Ministerio Publico, se desprende que se da inicio a la investigación en fecha 18-01-2019, por información recibida en inteligencia social en la que les indican que en UN GALPON UBICADO EN LA ZONA INDUSTRIAL SUR DE SAN PABLO CON EL NRO 04 DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, estaban almacenados gran cantidad de neumáticos para vehículos de carga y pesados (camión) y que los mismos tenían tiempo allí depositados, en vista de ello se conforma comisión la cual en la entrada principal realiza vigilancia estática, en la cual se apersona el ciudadano HEIBOR ORLANDO LOPEZ VALBUENA, donde fueron incautados múltiples elementos de interés criminalistico, por lo cual es aprehendido y puesto a la disposición de este Tribunal por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el articulo 57 de la Ley sobre Precios Justos.