REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO ESTADAL
211º y 162º

Maracay, 10 de Noviembre del 2021

CAUSA Nº 5J-1950-13
JUEZ: ABG. ZOE MONTAÑEZ GAMEZ
SECRETARIA: ABG. MILEIDY PINEDA
FISCAL: ABG. RAFAEL HENRIQUEZ
IMPUTADAS: RAUMARI JOSEFINA BENAREZ MENDEZ y RAUMIL DEL VALLE BENAREZ
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR CUMPLIMIENTO DE
LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO
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IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
RAUMARI JOSEFINA BENAREZ MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-19.759.345, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-05-1989, de 31 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio: Licenciada en Educación, y domiciliada en: SECTOR BETANCOURT, CALLE ARICAPANO, CASA S/N, BARBACOA, ESTADO ARAGUA y RAUMIL DEL VALLE BENAREZ MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.489.383, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-10-1987, de 32 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio: Del Hogar, y domiciliada en: SECTOR ROMULO GALLEGOS, CALLE ELECENTRO, CASA S/N, BARBACOA, ESTADO ARAGUA.
DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS POR LA FISCALÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA
En su respectivo escrito acusatorio, la representación del Ministerio Público indico los hechos que a consideración demuestran la comisión de un hecho punible, y en tal virtud indico que los mismos se refieren a que, en forma oral el Ministerio Publico expuso los hechos ocurridos: “En fecha 10 de enero del 2011, a las 11:30 de la mañana, la ciudadana Zenaida Esther Pacheco de Aponte, se traslado a la casa de su hijo, ubicada en la calle Elecentro, casa sin número, sector Rómulo Gallegos, cuando llego a la misma, se encontró con las ciudadanas RAUMIL BENAREZ y RAUMARI BENAREZ, las cuales la agredieron físicamente sin motivo alguno, dejando lesionada a la ciudadana ZENAIDA DE APONTE, titular de la cedula de identidad N° V-13.125.932. Hecho que se puede demostrar a través del reconocimiento médico legal”
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO Y EXPRESIÓN DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE MOTIVAN EL SOBRESEIMIENTO
En fecha 10-11-2021, se dejo constancia que las acusadas RAUMARI JOSEFINA BENAREZ MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-19.759.345, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-05-1989, de 31 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio: Licenciada en Educación, y domiciliada en: SECTOR BETANCOURT, CALLE ARICAPANO, CASA S/N, BARBACOA, ESTADO ARAGUA y RAUMIL DEL VALLE BENAREZ MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.489.383, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-10-1987, de 32 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio: Del Hogar, y domiciliada en: SECTOR ROMULO GALLEGOS, CALLE ELECENTRO, CASA S/N, BARBACOA, ESTADO ARAGUA; cumplieron con el trabajo comunitario que les fuera encomendado, y en virtud de haber sido verificado dicho cumplimiento, este tribunal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de acuerdo a los artículos 46, 49 ordinal 7° y 300 Numeral 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
DISPOSITIVA

Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal QUINTO de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de acuerdo a los artículos 46, 49 ordinal 7° y 300 Numeral 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, a las acusadas RAUMARI JOSEFINA BENAREZ MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-19.759.345, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-05-1989, de 31 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio: Licenciada en Educación, y domiciliada en: SECTOR BETANCOURT, CALLE ARICAPANO, CASA S/N, BARBACOA, ESTADO ARAGUA y RAUMIL DEL VALLE BENAREZ MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.489.383, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-10-1987, de 32 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio: Del Hogar, y domiciliada en: SECTOR ROMULO GALLEGOS, CALLE ELECENTRO, CASA S/N, BARBACOA, ESTADO ARAGUA. Notifíquese lo conducente. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Central del Circuito Judicial Penal del estado Aragua. Cúmplase. Ofíciese lo conducente.-
LA JUEZA,

ABG. ZOE MONTAÑEZ GAMEZ
EL SECRETARIO,

ABG. MILEIDY PINEDA

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

EL SECRETARIO,
ABG. MILEIDY PINEDA


Causa Nº 5J-1950-13
ZOE.-