En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio correspondiente a los ciudadanos ROSSMARA ERNESTINA PERNIA ESTRADA y LUIS GUSTAVO FIGUEREDO CARTA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.640.623 y V-7.187.916 respectivamente, en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Santiago Mariño Parroquia Samán de Guere del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta No. 24 folios 91 al 94 del 1997, correspondiente al matrimonio celebrado el 15 de febrero de 1997 entre los ciudadano ROSSMARA ERNESTINA PERNIA ESTRADA y LUIS GUSTAVO FIGUEREDO CARTA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.640.623 y V-7.187.916 respectivamente, es por lo debe entenderse entonces que debe asentarse, corregirse y leerse “ acta de matrimonio Nº 24, Folio 91 AL 94, de fecha 15 de Febrero de 1997del registro civil del Municipio Santiago Mariño, Parroquia Samán de Guere del Estado Aragua, de los ciudadanos ROSSMARA ERNESTINA PERNIA ESTRADA y LUIS GUSTAVO FIGUEREDO CARTA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.640.623 y V-7.187.916 respectivamente. Así se decide.-

Segundo: Ofíciese lo conducente al referido Registro Civil el Municipio Santiago Mariño Parroquia Samán de Guere del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Tercero: Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. Turmero, Veintidós (22) de Noviembre de dos mil veintiuno (2021). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZA

ISNELDA LOURDES MENDÍA VILLEGAS
EL SECRETARIO

Néstor Molinaro
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior sentencia siendo las dos (11:00 a.m.).
El SECRETARIO
Néstor Molinaro
Expediente No. 944-21.-
ILM/nm.-