REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


La Victoria, Nueve (09) de Noviembre de Dos Mil Veintiuno (2021)
211° y 161°

SOLICITUD: T2M-V-620-21
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: ROSA ERNESTINA VERA de CAÑIZALEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro V-5.455.030.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: JORGE LUIS RODRÍGUEZ OLIVARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 203.467.

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana ROSA ERNESTINA VERA de CAÑIZALEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro V-5.455.030, debidamente asistida por la Abogado JORGE LUIS RODRÍGUEZ OLIVARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 203.467, Vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos JUAN ANTONIO CONTRERAS CAMACHO, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.361.508, domiciliado en el Sector José Leonardo Chirino I, Casa N° 49 Calle Sorocaima Sabaneta Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua y YONNI JOSÉ MORENO BECERRA, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.861.840, domiciliado en el Sector José Leonardo Chirino I, Calle Sorocaima, Casa N° 113, Sabaneta Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana ROSA ERNESTINA VERA de CAÑIZALEZ, supra identificada, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad de la Nación que mide ochocientos cuatro metros cuadrados (804 Mts2) con un área de construcción de trescientos treinta y ocho con cuarenta y ocho centímetros (338,48 Mts2), ubicado en la Calle Panamericana N° 35 Sector José Leonardo Chirinos, Municipio José Rafael Revenga, Estado Aragua, cuyo número catastral es 05-06-01-U02-003, JOSÉ LEONARDO CHIRINOS, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En quince metros con setenta centímetros (15.70 Mts) con propiedad que es o fue de la familia Rojas. SUR: En Dieciocho metros (18,00 Mts) con Carretera Panamericana. ESTE: En cuarenta y siete metros con cincuenta y cinco centímetros (47,55 Mts) con propiedad que es o fue de la familia Delgado. OESTE: En cuarenta y siete Metros con ochenta y cuatro centímetros (47,84 Mts) con propiedad que es o fue de la familia Velazco. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZA


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


EL SECRETARIO


ABG. EDWARD HERNÁNDEZ


En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-

EL SECRETARIO


ABG. EDWARD HERNÁNDEZ



Solicitud Nº T2M-V-620-21
RDRM/EH/ANA
TITULO SUPLETORIO.