REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN, LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE EJECUCION
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 22 de Noviembre del 2021
211º y 162º

CAUSA N°: EA-3553-20
JUEZ: DR.ANGEL ANTONIO MERCADO
SECRETARIA: ABG. YASDEICY HERRERA
FISCAL DEL M .P: FISCAL 17ª
DEFENSA PUBLICA ABG. FRANCA POLONI Y ABG. ERIKA VALECILLO
SANCIONADO: ERICKSON JOHAN NAVAS COLMENARES Y SAHIR RAUL ZAMBRANO MORENO
DELITO: ROBO AGRAVADO
DECISION: ORDEN DE UBICACION

Revisadas como han sido las actuaciones relacionada a los sancionados ERICKSON JOHAN NAVAS COLMENARES, venezolano, hoy día con 18 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-30.477.267 residenciado SECTOR BELLO MONTE, CALLE BOLIVAR, CASA Nª20, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO ARAGUA, Y SAHIR RAUL ZAMBRANO MORENO venezolano, hoy día con 19 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-30.525.083 residenciado URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, SECTOR 09, UD, 12, BLOQUE 16, APARTAMENTO 2, MARACAY ESTADO ARAGUA por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal se observa lo siguiente:
PRIMERO: el día 11/03/20 se recibe oficio Nª URDD-103699-2020 procedente de la Oficina del Alguacilazgo de esta sede circuito, mediante el cual remiten anexas las actuaciones que conforman la causa N° 1JA-1270-20 procedentes Tribunal de Primero en Funciones de Juicio de la Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, contentiva del asunto penal que obra contra de los adolescentes ERICKSON JOHAN NAVAS COLMENARES, venezolano, hoy día con 18 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-30.477.267 residenciado SECTOR BELLO MONTE, CALLE BOLIVAR, CASA Nª20, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO ARAGUA, Y SAHIR RAUL ZAMBRANO MORENO venezolano, hoy día con 19 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-30.525.083 residenciado URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, SECTOR 09, UD, 12, BLOQUE 16, APARTAMENTO 2, MARACAY ESTADO ARAGUA asignándosele el Nº EA- 3553-20
SEGUNDO: En fecha 16/03/20, se dicta auto de ejecución de medidas, en fecha 01/12/20 fueron impuesta las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, de cumplimiento sucesivo, Y en fecha 15/12/20 fueron impuesta las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, de cumplimiento sucesivo por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, para el Adolescente ERICKSON JOHAN NAVAS COLMENARES.
Así las cosas, visto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescente se faculta a este tribunal para que declare la rebeldía de los ciudadanos que sin grave y legitimo impedimento no asista ante este Tribunal de Ejecución o a los programas que se le ha ordenado incorporase y había considerado que a lo largo del dossier no se evidencia documentación alguna que permita justificar la inasistencia de los ciudadanos, es por lo que este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del estado Aragua, decreta librar ORDEN DE UBICACION a los sancionados : ERICKSON JOHAN NAVAS COLMENARES Y SAHIR RAUL ZAMBRANO MORENO y en consecuencia ordena librar los oficios al CENTRO DE COORDINACION POLICIAL PALO NEGRO, ESTADO ARAGUA Y CENTRO DE COORDINACION POLICIAL JOSE FELIX RIBAS, MARACAY ESTADO ARAGUA; y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente señaladas, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECRETA LA UBICACION de los ciudadanos ERICKSON JOHAN NAVAS COLMENARES, venezolano, hoy día con 18 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-30.477.267 residenciado SECTOR BELLO MONTE, CALLE BOLIVAR, CASA Nª20, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO ARAGUA, Y SAHIR RAUL ZAMBRANO MORENO venezolano, hoy día con 19 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-30.525.083 residenciado URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, SECTOR 09, UD, 12, BLOQUE 16, APARTAMENTO 2, MARACAY ESTADO ARAGUA por encontrarse incurso en el delito ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y a tales efectos, acuerda librar oficio al CENTRO DE COORDINACION POLICIAL PALO NEGRO , ESTADO ARAGUA Y CENTRO DE COORDINACION POLICIAL JOSE FELIX RIBAS, MARACAY ESTADO ARAGUA. Notifíquese a la parte fiscal y defensoril. Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. ANGEL ANTONIO MERCADO
LA SECRETARIA,
ABG. YASDEICY HERRERA
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, librando boletas de notificación Nos 1214-21 Y 1215-21; orden de ubicación 040-21 Y 041-21 y oficio 453-21 Y 454-21
LA SECRETARIA,
ABG. YASDEICY HERRERA
Causa N°: EA-3553-20
AAM/CF