REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN, LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE EJECUCION
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 09 de Noviembre del 2021
211º y 162º

CAUSA N°: EA-3474-19
JUEZ: DR.ANGEL ANTONIO MERCADO
SECRETARIA: ABG. CHAYNA ALVAREZ
FISCAL DEL M .P: FISCAL 17ª
DEFENSA PUBLICA ABG. NERWINS MENDOZA
SANCIONADO: GABRIEL ALEJANDRO GUTIERREZ ROJAS
DELITO: ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACION CONTINUADA
DECISION: ORDEN DE UBICACION

Revisadas como han sido las actuaciones relacionadas al sancionado GABRIEL ALEJANDRO GUTIERREZ ROJAS, venezolano, nacido en fecha 27/12/2003 hoy día con 18 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-31.209.781 residenciado URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, UD 15, SECTOR 11 BLOQUE 22, APARTAMENTO 3-4, MARACAY ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACION EN ACCION CONTINUADA, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño Niña y adolescente en concordancia con el artículo 99 del Código Penal se observa lo siguiente:
PRIMERO: el día 24/05/19 se recibe oficio procedente de la Oficina del Alguacilazgo de esta sede circuito, mediante el cual remiten anexas las actuaciones que conforman la causa N° 1CA-7813-19, procedentes Tribunal de Primero Instancia en lo Penal en Funciones de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, constituidas por una (1) pieza, contentiva del asunto penal que obra contra el adolescente GABRIEL ALEJANDRO GUTIERREZ ROJAS , venezolano, natural de Maracay estado Aragua, nacido en fecha 27/12/2003 hoy día con 18 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-31.209.781, residenciado en URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, UD 15, SECTOR 11 BLOQUE 22, APARTAMENTO 3-4, MARACAY ESTADO ARAGUA asignándosele el Nº EA- 3474-19
SEGUNDO: El Sancionado GABRIEL ALEJANDRO GUTIERREZ ROJAS, fue declarado penalmente responsables por el Tribunal de Control de la sección de Responsabilidad Penal del adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua en fecha 11/04/19 por el delito ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACION EN ACCION CONTINUADA, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño Niña y adolescente en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, en audiencia por admisión de hechos a cuyo término le fueron impuestas PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES sucesivo LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de UN (01) AÑO de manera simultánea y sucesiva SERVICIO A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES, todo de conformidad al artículo 620, 628, 626 y 624 de la Ley que regula esta materia.
TERCERO: En fecha 28/05/19 Se realiza el Auto de ejecución, la cual fue impuesto en fecha 20/06/19
CUARTO: En fecha 17/07/2020 mediante decisión se realiza el CESE DEFINITIVO DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR CUMPLIMINETO TOTAL DE LA SANCION.
Así las cosas, visto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescente se faculta a este tribunal para que declare la rebeldía de los ciudadanos que sin grave y legitimo impedimento no asista ante este Tribunal de Ejecución o a los programas que se le ha ordenado incorporase y había considerado que a lo largo del dossier no se evidencia documentación alguna que permita justificar la inasistencia de los ciudadanos, es por lo que este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del estado Aragua, decreta librar ORDEN DE UBICACION al sancionado : GABRIEL ALEJANDRO GUTIERREZ ROJAS y en consecuencia ordena librar los oficios al CENTRO DE COORDINACION POLICIAL JOSE FELIX RIBAS MARACAY, ESTADO ARAGUA; y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente señaladas, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECRETA LA UBICACION del ciudadano GABRIEL ALEJANDRO GUTIERREZ ROJAS, venezolano, natural de Maracay estado Aragua, nacido en fecha 27/12/2003 hoy día con 18 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-31.209.781, residenciado en URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, UD 15, SECTOR 11 BLOQUE 22, APARTAMENTO 3-4, MARACAY ESTADO ARAGUA por encontrarse incurso en el delito ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACION EN ACCION CONTINUADA, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño Niña y adolescente en concordancia con el artículo 99 del Código Penal y a tales efectos, acuerda librar oficio al CENTRO DE COORDINACION POLICIAL JOSE FELIX RIBAS MARACAY, ESTADO ARAGUA. Notifíquese a la parte fiscal y defensoril. Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. ANGEL ANTONIO MERCADO
LA SECRETARIA,
ABG. CHAYNA ALVAREZ

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, librando boletas de notificación Nos ; 1162-21 orden de ubicación Nº033-21 y oficio Nº432-21

LA SECRETARIA,
ABG. CHAYNA ALVAREZ
Causa N°: EA-3474-19
AAM/CF