REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA



SOLICITUD: T2M-V-618-21
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: LIZ STEPHANY ORTIZ CAMBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 21.603513.
ABOGADO ASISTENTE: LEONARDI ANTONIO VICENTELLI RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 189.223.

Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por la ciudadana LIZ STEPHANY ORTIZ CAMBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 21.603513, debidamente asistida por el Abogado LEONARDI ANTONIO VICENTELLI RODRÍGUEZ, Inpreabogado Nº 189.223, solicitando se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la fallecida ELIZABETH MARIA CAMBA PINEDA quien fuera venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.415.444, quien falleciera ab intestato, en el Municipio Guicaipuro, Estado Miranda, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de los Teques, Acta Nro. 2131, Tomo IX, Año 2021. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida ELIZABETH MARIA CAMBA PINEDA, quien fuera venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.415.444, a la ciudadana LIZ STEPHANY ORTIZ CAMBA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V-21.603.513. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 27 de Octubre de Dos Mil Veintiuno (2021). Años 211º de la Independencia y 161º de la Federación.-
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:30 am. Se publicó y se registro, se dejo copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/At
SOL. Nº T2M-V-618-21