En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos JESUS ANTONIO RODRIGUEZ y FABIOLA MARIBEL RODRIGUEZ, Venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros, V-7.236.970 y V-8.570.667, respectivamente, Debidamente asistidos por los Abogados Silvio Castillo y Ana Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 125.929 y 119.055 respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 26 de Abril del 1986, por ante El Registro Civil del municipio Girardot del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 239, Tomo 2 del Año 1986.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Veintiuno (21) días del mes de Septiembre del año 2021. Años 211º de la Independencia y 161º de la Federación.
LA JUEZA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
EL SECRETARIO,
NESTOR MOLINARO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 3:00 p.m. EL SECRETARIO,
Expediente Nº.D- 958-21.-
IM/nm.-
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