REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA




SOLICITUD: T2M-V-614-21
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: MARIA ELENA CONDE DE MAGALLANES y OTROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-3.839.429.
ABOGADO ASISTENTE: JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 185.975.



Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana MARIA ELENA CONDE DE MAGALLANES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº. V-3.839.429, actuando en nombre propio y en representación de sus co-herederos FRANK YGOR MAGALLANES PÉREZ, NICOLÁS ELIECER MAGALLANES PÉREZ, XAVIER ALEJANDRO MAGALLANES CONDE, MARCOS DAVID MAGALLANES CONDE y ANA CRISTINA MAGALLANES CONDE Venezolanos, mayores de edad, casado el primero y solteros los siguientes, titulares de las cédulas de identidad números V-11.899.426, V-12.810.648, V-16.344.869, V-17.970.253 y V-20.066.934 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 185.975,solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido FRANCISCO RAMÓN MAGALLANES PLACENCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.854.280, quien falleciera ab intestato, en el Municipio Girardot, Parroquia Las Delicias, Maracay Estado Aragua, el día 08 de Junio del 2021, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Girardot, Parroquia Andrés Eloy Blanco del Estado Aragua, Nro. 2923, Folio 173, Año 2021. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido FRANCISCO RAMÓN MAGALLANES PLACENCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.854.280,alos ciudadanos MARIA ELENA CONDE DE MAGALLANES, FRANK YGOR MAGALLANES PÉREZ, NICOLÁS ELIECER MAGALLANES PÉREZ, XAVIER ALEJANDRO MAGALLANES CONDE, MARCOS DAVID MAGALLANES CONDE y ANA CRISTINA MAGALLANES CONDE Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.839.429, V-11.899.426, V-12.810.648, V-16.344.869, esposa e hijos legítimos del De Cujus según copias certificadas de Acta de Matrimonio N° 2 y Actas de Nacimientos Nros. 54, 273,276, 524 y 993, cursantes a los folios 07 al folio 15 respectivamente.Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la presente solicitud, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria Veintinueve (29) días del mes de Septiembre del Dos Mil Veintiuno (2021). Años 211º de la Independencia y 161º de la Federación.-
LA JUEZA


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


EL SECRETARIO


ABG. EDWARD HERNÁNDEZ



En la misma fecha siendo las 10:30 am. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO


ABG.EDWARD HERNÁNDEZ

RDRM/EH/Am
SOL. Nº T2M-V-614-21