REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Barbacoas, veintinueve (29) de septiembre de 2021
211º y 162º


Vista la solicitud suscrita por la ciudadana ANA CONSUELO MORIN DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.175.187, teléfono móvil 0412-4678977, dirección de correo electrónico: ana1961consu@gmail.com, debidamente asistida por el abogado JORGE LUIS MORIN PEREIRA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.942.125, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 116.964, teléfono: 0416-6120712, dirección de correo electrónico: Tvisa2@hotmail.com; actuando en su carácter de heredera del causante ANTONIO GONZALEZ PEREZ, quien en vida era venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-3.333.828, domiciliado en el sector Banco Obrero, casa Nº 17, Barbacoas, Municipio Rafael Guillermo Urdaneta del estado Aragua, quien falleció AB-INSTESTATO, en fecha veinticuatro (24) de febrero de 2021, en Camatgua, estado Aragua, según consta de copia certificada del Acta de Defunción Nº 018, expedida por el respectivo Registro Civil del Municipio Camatagua, parroquia Camatagua; y vistas igualmente las declaraciones de los ciudadanos: GABRIELA CAROLINA DI FILIPPO MORALES y NURIS GRICELDA ORTA, venezolanas, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.991.869 y V-10.665.068, respectivamente. Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los Derechos dejados por el De Cujus ANTONIO GONZALEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Número V-3.333.828, dejando a salvos los derechos legítimos de terceros, a los ciudadanos ANA CONSUELO MORIN DE GONZALEZ, LUIS ANTONIO MORIN GONZALEZ, BERKYS INOCENCIA GONZALEZ OLIVARES; ANTONIO JESUS GONZALEZ OLIVARES; RICHARD JUSTINO GONZALEZ OLIVARES; WILMAN JOSE GONZALEZ OLIVARES. Notifíquese de lo actuado a la parte solicitante mediante llamada telefónica y correo electrónico, para que comparezca el día viernes 01-10-2021, de la semana de flexibilización, decretada por el Ejecutivo Nacional, en el horario comprendido entre las 8:30am y 12:30m por ante la Sede del este Juzgado a fin de retirar original de las actuaciones, cumpliendo con las normas de bioseguridad y así llevar a cabo los parámetros establecidos para el despacho virtual. Devuélvanse estas actuaciones con sus resultas en original a la interesada, a los fines de Ley, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase y hágase lo conducente.
LA JUEZA,

Abg. YINETH LOURDES UTRERA BARRIOS
LA SECRETARIA,

Abg. MILENNY DEL VALLE RODRIGUEZ G,
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se
Devuelven los originales constantes de (__) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondiente, en prueba de haber recibido la misma.-
LA SECRETARIA,

Abg. MILENNY DEL VALLE RODRIGUEZ G
Solicitud Nº 56-21
YLUB/mdvrg.-
Tribunaldemunicipio.urdaneta@gmail.com