En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos Mery Antonieta Noguera, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 25.850.127 y Edgar Alexander Patiño Pasqua, Venezolano, mayores de edad y titular de la cedula de identidad V- 20.493.013, este último representado por la ciudadana Jacqueline Petra Paula Pasqua Leopardo venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 6.973.229, según Poder Notariado ante la Notaria Publica de Turmero, Municipio Santiago Mariño del estado Aragua en fecha 26 de enero del 2017, quedando anotado bajo el Nº 19, Tomo 12, folio 57 al 59, asistidos en este acto por la ciudadana abogado Milagro Ménese, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 74.373.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 26 de Agosto del 2016, contrajeron matrimonio civil, por ante la oficina de Registro civil del municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 354,Folio 104, Año 2016
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Dieciocho (18) días del mes de Abril del año 2022. Años 211º de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA,
ARIADNA CHIONIS
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 3:00p.m.
LA SECRETARIA,
Expediente nro. D-1028-22.-
IM/Ach/mf.-
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