En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO interpuesta por los ciudadanos ROSANGEL DEL VALLE REQUENA DURAK, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.913.634, representada judicial y civilmente en este acto por el ciudadano DOUGLAS EDUARDO CASTILLO GONZALEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.751, representación que se evidencia en PODER ESPECIAL autenticado ante la notaria publica de Turmero, Estado Aragua, insertado bajo el número 27, Tomo 8, folio 97 hasta 99, en fecha 07 de Marzo del 2022 y el ciudadano DOMINGO ALEJANDRO TOVAR GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.533.122, asistido judicialmente en este acto por el abogado WILFREDO MONTENEGRO HURTADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.829.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 11 de Diciembre del 2020, contrajeron matrimonio civil, por ante la Primera Autoridad del Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 100, Año 2020. Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Seis (06) días del mes de Abril del año 2022. Años 211º de la Independencia y 163º de la Federación.



LA JUEZA

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA ACC,

ARIADNA CHIONIS

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 14:00 p.m. LA SECRETARIA ACC,





Expediente nro. D-1014-22.-
IM/AC/of.-