En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO interpuesta por los ciudadanos ARIYURI DEL CARMEN LEAL SANCHEZ y VICTOR ANDRES CASTILLO ZERPA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos V-14.469.362 y V-14.318.721, debidamente asistidos por el abogado, LUIS LEONARDO FUENTES VILARÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 233.509
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 05 de Marzo de 2021, contrajeron matrimonio civil, por ante el registro civil del Municipio Santiago Mariño, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 83, Folio: 83, Año 2021. Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Seis (06) días del mes de Abril del año 2022. Años 211º de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA ACC,
ARIADNA CHIONIS
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 14:00 p.m. LA SECRETARIA ACC,
Expediente nro. D-1015-22.-
IM/AC/of.-
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