REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, ­­­­­­­­­­­­­­­­07 de Abril de 2022
210º y 161º
 
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana ANA TERESA MORILLO ALFARO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-14.491.952, asistido por la abogada MARIA DE LOS ANGELES YAGUAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado N°277.763, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propiedad municipal, ubicada en ANTES; CALLE JUAN VICENTE BOLIVAR Nº6-A, BARRIO SIMON RODRIGUEZ; AHORA; CALLE JUAN VICENTE BOLIVAR, ENTRE CALLE ARAGUANEY Y CALLE SUCRE Nº6-A, BARRIO SIMON RODRIGUEZ, MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-17-01-U01-041-003-031-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO DOS METROS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (102,99Mts2) y un área de construcción de CUARENTA Y CINCO METROS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS (45,28Mts2), cuyos linderos son: NORTE: Con inmueble Nº04. SUR: Con inmueble Nº06. ESTE: Con la Calle Juan Vicente Bolívar, Su frente, OESTE: Con inmueble Nº03, y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor la ciudadana ANA TERESA MORILLO ALFARO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-14.491.952, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
 
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
 
 
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
 
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA