REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITUD: T2M-V-684-22

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: MARILYN DAYANA MAGALLANES RÍOS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.481.820, actuando en representación de los ciudadanos JOSÉ GABRIEL VELANDIA MAGALLANES Y ADRIÁN JOSÉ VELANDIA MAGALLANES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-23.604.332 y N°. V-26.486.102
ABOGADO ASISTENTE: JOSÉ AGUSTÍN PIMENTEL FARÍAS, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 211.786.


Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 146 y presentados los recaudos en fecha 24 de Marzo del 2022, por la ciudadana MARILYN DAYANA MAGALLANES RÍOS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.481.820, actuando en representación de los ciudadanos JOSÉ GABRIEL VELANDIA MAGALLANES Y ADRIÁN JOSÉ VELANDIA MAGALLANES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-23.604.332 y N°. V-26.486.102, respectivamente, según poder debidamente autenticado por ante la Notaria Pública de La Victoria, bajo el N° 28, Tomo 51, Folios 102 hasta 104, de fecha 01 de diciembre de 2021, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSÉ AGUSTÍN PIMENTEL FARÍAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 211.786 y admitida en fecha 25 de Marzo de 2022, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JOSÉ ALIRIO VELANDIA RODRÍGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.816.147 quien falleciera ab intestato, en CEPAR, Municipio José Ángel Lamas, Parroquia Santa Cruz, Estado Aragua el día 10 de Mayo del 2021, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Concejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio José Ángel Lamas, Estado Aragua, Acta Nro. 128, Tomo Nº 1, Folio 128 fte y vto, Año 2021. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido: JOSÉ ALIRIO VELANDIA RODRÍGUEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.816.147 a sus hijos ciudadanos JOSÉ GABRIEL VELANDIA MAGALLANES Y ADRIÁN JOSÉ VELANDIA MAGALLANES Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-23.604.332 y N°. V-26.486.102, respetivamente, según se evidencia en copias de Actas de Nacimiento que corren insertas a los folios ocho (08) y diez (10). Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 04 de Abril del Dos Mil Veintidós (2022). Años 211º de la Independencia y 161º de la Federación.-
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO


EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 10:30 a.m. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/At.
Sol T2M-V-684-22
Único Universal H.