REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
EN SU NOMBRE:
211º y 163º
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:
PARTE SOLICITANTE: RICHARD ARGENIS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.116.515 y de este domicilio.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS
SOLICITUD Nº 15.921
UNICO
En fecha 28 de marzo del mes y año en curso, mediante auto se insto a la parte accionante a que consignara nuevo escrito en virtud de que en la solicitud no identifico los testigos a presentar, ello dentro de un lapso perentorio de tres (03) días de despacho. Ahora bien, este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este Juzgado que Inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-
En consecuencia de ello, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, intentada por el ciudadano RICHARD ARGENIS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.116.515 y de este domicilio y de este domicilio. Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada de la presente decisión. Dado, Firmado y sellado en la Sala de este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los 1° día del mes de abril de 2022.- Años 211° de la Independencia y 163° de la Federación.-
LA JUEZ SUPLENTE
MAGLENIS RUIZ MERCHAN
LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA GUZMAN
En esta misma fecha siendo las 10:00 A.M., se dictó y publicó la anterior sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Conste.-
LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA GUZMAN
MRM/MAG/Nohemy M.
Solicitud Nº 15.921
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