REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 08 de agosto de 2022.-
212º y 163º

Vista la anterior solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana LUISA ELENA RODRÍGUEZ FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.743.211, debidamente asistida por el abogado YUBRANI GUZMAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 227.889, se le da entrada en el libro respetivo y por cuanto este Tribunal observa, que la solicitante, que fueron consignados en copias simples, el Certificado de Empadronamiento y el Plano de Mensura, asimismo se observa que en el Escrito de Solicitud, Certificado de Empadronamiento, Plano de Mensura y Autorización de Evacuación de Titulo Supletorio, emitido por la Alcaldía del Municipio Sucre, no coincide las dimensiones señalas en el Área de Terreno, Área de Construcción, Medidas y Linderos. En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional Insta a la parte interesada a consignar en original o en su defectos en copias certificadas los recaudos ut supra y a realizar las correcciones respectivas y una vez efectuadas las mismas, por los entes correspondientes, se sirva adecuar su escrito de solicitud nuevamente, a los fines de la admisión y sustanciación del referido Título Supletorio. Cúmplase.
LA JUEZ,

JOHANA DEL MAR AYAREZ GARCÍA.
LA SECRETARIA ACC,

YANNI PRADO ORTEGA.

Solicitud. N° T1M-C-7638-2022
JDMAG/Ypo